Como acto inconstitucional calificó la legisladora oficialista Balbina Herrera, la intención del Municipio de Panamá de cobrar impuestos municipales a empresas que están gravadas con impuestos nacionales.
La legisladora Herrera aseguró ayer, lunes, que sería un acto inconstitucional obligar a la empresa Unión FENOSA al pago de impuestos municipales cuando su jurisdicción es de carácter nacional, lo que a simple vista convierte en un acto viciado.
Destacó que en lo que respecta al pago de impuestos municipales existe una norma que expresa taxativamente que cuando las empresas tienen extraterritorialidad municipal están gravadas con impuestos nacionales y no pueden serlo con otros, salvo los correspondientes a los anuncios-rótulos.
La transnacional Unión FENOSA, hasta el momento con empresas en el sector eléctrico en Guatemala, México, Bolivia y Panamá, no posee generadoras de energía eléctrica en el área de Gualaca, provincia de Chiriquí, ya que su función principal es la distribución de energía eléctrica.
A su vez este grupo industrial, propietario de las empresas de Distribución Metro Oeste S.A. y Chiriquí S.A. (EDEMET-EDECHI) no tiene ningún tipo de relación con la Hidroeléctrica de Fortuna que opera en el Municipio de Gualaca.
Por otro lado, una orden emitida por la Corte Suprema de Justicia (CSJ), determinó suspender provisionalmente el cobro de impuestos por parte de los municipios a actividades de carácter nacional. Según disposiciones legales panameñas los servicios de abastecimiento de agua potable, alcantarillados sanitarios electricidad, telecomunicaciones, radio y televisión; así como la transmisión y distribución de gas natural y los bienes dedicados a la prestación de tales servicios solamente estarán gravados con tributos de carácter nacional.