LEY 54 DE REFORMAS ELECTORALES
- Los candidatos de libre postulación deben acreditar, como mínimo, el respaldo a la candidatura mediante firmas de adhesión del 2% de votos válidos emitidos para presidente en la última elección.
- Las personas que los apoyen renuncian automáticamente a su partido político, en caso de estar inscritos.
Los candidatos por libre postulación a la presidencia de la República recibieron carta verde, por parte de los magistrados del Tribunal Electoral, para que inicien la recolección de firmas de adherentes que apoyen sus candidaturas.
“Nada impide que ellos puedan comenzar a recoger las firmas ya”, confirmó el magistrado del Tribunal Electoral Erasmo Pinilla.
Explicó que la reglamentación de recolección de firmas de los independientes está en fase de consultas y adelantó que hoy se reunirán con el Consejo Nacional de Partidos Políticos para tratar el tema y recibir sus impresiones.
Cuando los magistrados reciban las consideraciones de los partidos, podrán aprobar la reglamentación.
El aspirante a la presidencia por la libre postulación Juan Carlos Tapia confesó que los independientes tenían dudas respecto a cómo fue aprobada la ley de reformas electorales, pues en esta se establecía que debían recolectar firmas tres meses antes de las elecciones.
“Los magistrados nos han explicado que esos controles se van a ampliar y nosotros en pocos días ya podemos inclusive recolectar las firmas de adherentes”, afirmó Tapia.
A la fecha hay cuatro candidatos: el comentarista Juan Carlos Tapia, el economista Juan Jované, el docente Carlos Díaz y el catedrático Julio Yau.