La empresa Proyectos y Construcciones S.A. (PYCSA) lamentó los acontecimientos que se dieron el pasado lunes en el área de La Palmita, en San Miguelito, donde se pretendía demoler el puente y consideró que la medida tiene "ribetes netamente económicos".
PYCSA expresó su preocupación, ya que esta actitud afecta el desarrollo de este proyecto "que ya lleva cinco años de atraso".
A través de su vocero oficial, Santiago Quirós, la empresa señaló que los trabajos de demolición del muro se realizan cumpliendo una autorización dada por las autoridades del Ministerio de Obras Públicas (MOP) y en aras de evitar que se susciten otros accidentes que más adelante se tendrían que lamentar.
Agregó que en este caso, el reclamo que hacen los moradores atañe directamente al Estado y no a la constructora, sin embargo, dijo que la empresa está haciendo todos los esfuerzos para que la obra continúe desarrollándose, a fin de cumplir con la construcción de la vía, la que beneficiará al país en todos sus aspectos.
"No tenemos idea cuando podremos continuar con la obra", dijo. Sin embargo, señaló que en estos momentos, cientos de obreros están a la espera de que se le pueda anunciar que vuelven a sus puestos a seguir laborando, señaló el vocero.
Agregó que la empresa también observa que impedir que prosigan los trabajos, tiene ribetes netamente económicos, mientras que la seguridad ha quedado en planos inferiores para las personas que protestan.
Explicó que algunos avalúos de las viviendas que se indemnizarán, han variado sustancialmente en cifras que ascienden a miles de dólares, a medida que ha transcurrido el tiempo.
"Ello también preocupa a la empresa porque da la impresión que algunos de los residentes están abusando de los precios dados originalmente, en comparación con los avalúos recientes", sostuvo el vocero de PYCSA.
5. Recabar de los funcionarios públicos correspondientes informes sobre la gestión fiscal de las dependencias publicas, nacionales, provinciales, municipales, autónomas o semi-autónomas y de las empresas estatales.
6. Establecer y promover la adopción de las medidas necesarias para que se hagan efectivos los créditos a favor de las entidades publicas.
7. Demandar la declaratoria de inconstitucionalidad, o de ilegalidad, según los casos, de las leyes y demás actos violatorios de la Constitución o de la Ley que afecten patrimonios públicos.
8. Establecer los métodos de contabilidad de las dependencias publicas señaladas en el numeral 5 de este articulo.
9. Informar a la Asamblea Legislativa y al Órgano Ejecutivo sobre el estado financiero de la Administración Publica y emitir concepto sobre viabilidad y conveniencia de la expedición de créditos suplementales o extraordinarios.
10. Dirigir y formar la estadística nacional.
11. Nombrar los empleados de sus departamentos de acuerdo con esta Constitución y la Ley.
12. Presentar al Órgano Ejecutivo y a la Asamblea Legislativa el informe anual de sus actividades.
13. Presentar para su juzgamiento, a través, del Tribunal de Cuentas, las cuentas de los agentes y servidores públicos de manejo cuando surjan reparos de las mismas por razón de supuestas irregularidades.
ARTICULO 37: Se reforma el artículo 292 de la Constitución Política de la República de Panamá el cual quedara así:
Artículo 292: La explotación de juegos de suerte y azar y de actividades que originen apuestas solo podrán efectuarse por el Estado, pero podrán ser otorgadas en concesión.
La ley reglamentara los juegos así como toda actividad que origine apuestas, cualquiera que sea el sistema de ellas.
Nota. Las palabras en negrita indican los cambios al texto original de la Constitución. Mañana publicaremos la continuación del contenido de este Acto Legislativo.