Nación

Inundados e indefensos


Cuando se trata de buscar a los responsables de la construcción de un proyecto urbanístico, específicamente en el caso de los afectados por las pasadas inundaciones del 17 de septiembre, hay que tomar en cuenta muchos actores.
La abogada Irma Mollick, especialista legal en arquitectura e ingeniería, considera que la principal responsabilidad debe recaer sobre la Dirección de Obras y Construcciones Municipales, al ser esta la entidad oficial que representa al Estado.
En este caso es la esfera administrativa, en donde una vez emitido el permiso de ocupación, el banco procede a desembolsar el dinero a la promotora.
Sobre el caso específico de Prados del Este, Mollick destacó que también se puede demandar solidariamente con los bancos que ofrecieron las hipotecas.
La responsabilidad del Estado va concatenada con el Banco Nacional, es decir que la entidad está obligada, antes de desembolsar los dineros de las hipotecas de los clientes, a enviar un arquitecto o ingeniero residente a hacer una inspección para revisar que realmente las viviendas construidas tengan todos los requisitos exigidos por la ley, indicó Mollick.
Sostiene que el Banco Nacional de Panamá, por ser una entidad del Estado, debió actuar con más cuidado.
Mollick informó que en este problema se juega no sólo con la figura del codeudor junto con el dueño de la residencia, una vez se desembolsa el dinero a la promotora, sino también como vendedor porque es el interesado de vender su préstamo del cual va a sacar provecho lucrativo por muchos años.
Afirma que primero hay que hacer una exhaustiva investigación en donde los involucrados deben ir a una serie de peritajes, desde el inicio del proyecto, para entonces pasar a la etapa legal en donde se procedería con una demanda tanto a la promotora, al contratista y subcontratistas como al Banco Nacional de Panamá, solidariamente por daños y perjuicios tanto físicos, psiquícos así como materiales.
Explicó que en el caso de Prados del Este la demanda debe realizarse de forma individual, ya que cada caso presenta una anomalía específica, la cual es diferente una de otra, proceso que podría demorar al menos dos años.
Dijo que las víctimas de las inundaciones no deben presentar la demanda de forma colectiva, ya que la misma dejaría un espacio de tiempo calculado de 15 a 20 años como mínimo, para un proceso legal en la esfera civil.
"El Estado debe de asumir su responsabilidad y enfrentar las consecuencias de los errores cometidos", añadió Mollick.
En el caso de Prados del Este quienes resulten responsables ante una demanda podrían enfrentar varios cargos penales, señaló la presidenta de la Comisión de Arquitectura e Ingenieria del Colegio de Abogados, Irma Mollick.
Entre estos, estafa, corrupción de servidores públicos por parte del Banco Nacional (BNP), así como de quienes finalmente estuvieron involucrados en la emisión y entrega del permiso de ocupación.
Por el delito Contra la Administración Pública, parte del BNP por comisión u omisión, al desembolsar dineros del Estado sin la previa investigación e inspección del proyecto.
Se considera que un permiso de ocupación no debe ser en sí una garantía total de que el proyecto está en orden, sobre todo cuando hay dineros del Estado de por medio.
En lo que al área Civil respecta, cabe perfectamente demandas por parte de los residentes de las viviendas por daños y perjuicios con todas las probabilidades de ganar, enfatizando el daño físico y psíquico que se les ha ocasionado, el cual es irreversible y casi siempre irreparable.
Cabe el de estafa por parte de la promotora hacia los clientes, como también la promotora y /o constructora con las entidades que tienen que ver con los vistos buenos o aprobaciones en las diferentes etapas del proyecto.
A un mes de la tragedia, la opinión de los juristas ha sido intensa en torno al tema.
El ex procurador de la Nación, Rogelio Cruz, sostuvo que ante los hechos ocurridos el pasado 17 de septiembre, era responsabilidad del Ministerio Público abrir una investigación para demostrar si cabía la probabilidad de que existiera un delito por negligencia o imprudencia en algunos casos, en otros homicidio culposo y estafa.
Al respecto, Jorge Fabián Gutiérrez director de Orientación y Protección de los Derechos Humanos de la Defensoría del Pueblo destacó que en el caso de Prados del Este hay responsabilidad, ya sea por indemnización Civil y Penal.
Señaló que tal responsabilidad se da hacia la Ventanilla Unica del Ministerio de Vivienda (MIVI), el Municipio de Panamá y la Promotora Nacional de Vivienda (PRONAVI).
Las personas que han desembolsado un abono inicial a la promotora de Prados del Este (PRONAVI), tienen derecho a que se les devuelva su dinero.
La abogada Irma Mollick sostiene que esta cláusula debe estar incluida en el contrato y aunque no fuera así, pueden demandar en la esfera civil, de acuerdo con la cuantía del abono.


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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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