Los criterios para los concursos de ascensos de jefaturas de enfermería han sido modificados a partir de la fecha mediante Decreto Ejecutivo No. 28 del 4 de agosto de 2004, por lo cual se establecen nuevas exigencias que deberán cumplir estos profesionales de la salud.
El decreto señala que las enfermeras y enfermeros no podrán ocupar un cargo interino de jefatura, sino reúnen los requisitos mínimos que señala la Ley 25 de 28 de diciembre de 1982, para dicho cargo.
Los cargos de vacantes de jefaturas se adjudicarán mediante concurso de oposición abierto y con cobertura nacional, tomando en cuenta la preparación académica, años de servicio, eficiencia, méritos profesionales, salud física y mental, conducta ética y moral de los concursantes de acuerdo con las leyes de enfermería.
Para aspirar a los cargos concursados, los interesados e interesadas se inscribirán en el lugar señalado en el aviso de la convocatoria, solicitarán una cita para el cotejo de documentos. Además, las convocatorias se harán con no menos de 30 días calendarios de anticipación a la fecha señalada para la inscripción en el concurso y retiro de los formularios, para lo cual se publicará un aviso en un diario de circulación nacional por tres días consecutivos.
Por otra parte, los aspirantes deberán cumplir con los requisitos básicos y específicos para que se les considere como concursantes y aquel que no cumpla con la totalidad será descalificado. En los documentos sometidos a concurso calificarán los estudios realizados, el ejercicio profesional y experiencia en el área.
Una alta fuente del Ministerio de Salud dijo a El Panamá América que hace mucho tiempo los empresarios conocían cuál es el manejo de las aguas residuales, calificando como ilógico que desconozcan el proceso que debe llevar este tipo de desechos.
Manifestó que las empresas sólo pagan en concepto de permisos sanitarios B/. 25.00 al año, que no se traduce en las ganancias que tienen.