Una demanda de inconstitucionalidad contra la Ley No 50 de julio del 2003, que adicionó el capítulo VI sobre el terrorismo al Código Penal, fue presentada ayer ante la Corte Suprema de Justicia por el abogado Silvio Guerra.
Guerra señaló que la citada norma vulnera de forma directa varios artículos de la Constitución Nacional que preservan las garantías individuales de los ciudadanos y de modo directo restringen libertades inherentes a la actividad humana.
Estableció que en la nueva legislación los personeros, fiscales, jueces y magistrados penales quedan ubicados dentro de un amplio escenario, casi sin límites ni condiciones para introducir o contemplar dentro de lo normado situaciones y acciones penales, que sin revestir carácter legítimos de actos de terrorismo, son incluidos aquí.
También señala que existe una alta dosis de ambigüedad, imprecisión y ambivalencia en la norma al referirse a la comisión de algún acto que pueda ser calificado como terrorismo y que al momento de redactar una ley se debe utilizar un lenguaje claro.
Alegó que la redacción también ataca la cláusula constitucional de la inviolabilidad de la defensa en juicio, debido a que de modo impreciso la norma se refiere a acciones contra las cuales es imposible esgrimir algún tipo de defensa.
Por otro lado, señaló que las consideraciones hechas por quienes redactaron la citada legislación debieron ser más concretos al momento de establecer las acciones que pudieran calificarse como actos terroristas y establecer los mecanismos por los cuales se debería realizar una acción de tipo judicial contra este tipo de actividades.
La Asamblea Legislativa adicionó el capítulo VI al título VII del libro II del Código Penal, en donde se introdujeron un conjunto de normas en que se tipifican las conductas que delimitan la figura del terrorismo.