Más de 12 legisladores de la República podrán ejercer su profesión de abogado, sólo ante el Organo Judicial y no ante los otros órganos del Estado, luego que la Asamblea Legislativa aprobara una resolución en la que se le concede una licencia para que puedan desarrollar su actividad profesional.
La Constitución de la República en su artículo 152, limita el ejercicio de la profesión de abogado a aquellas personas que hayan sido electas para ejercer el cargo de legislador de la República, sin que previamente medie una resolución del pleno de la Asamblea Legislativa.
Entre los legisladores que recibieron esta autorización se encuentran José Blandón, Wigberto Quintero, Juan Hernández, Jorge Hernán Rubio, Franz Wever, Dorindo Cortez, Eric López, Julio Luque Garay, Rigoberto Vergara, Tomás Gabriel Altamirano y Martín Wilson Chen.
De acuerdo con el legislador y presidente de la Asamblea Legislativa, Jerry Wilson, a los legisladores abogados con esta resolución no se les prohíbe ejercer la profesión, sino que se le prohíbe ejercer ante los otros órganos del Estado que no sea el Organo Judicial.
Es decir, dijo, los legisladores abogados no podrán ejercer ante la administración pública como en Aduanas, ministerios u otros, pero sí podrán ejercer su profesión de abogado ante los tribunales de justicia.
En este sentido, el abogado y legislador Jorge Hernán Rubio, sostuvo que esta medida tiene como objetivo evitar la hipocresía y buscar la transparencia, ya que todo el tiempo los abogados que son legisladores han podido ejercer la profesión.
Con el acto reformatorio de la Constitución, si es aprobado, los abogados ya no requerirán de autorización para ejercer la profesión ante los tribunales de justicia y la limitación sería para ejercer ante la administración pública.