Nación

Ley de menores favorece impunidad, dice procurador


El procurador general de la Nación, José Antonio Sossa, alegó que el actual régimen procesal penal de responsabilidad de los adolescentes, favorece la impunidad y propicia el utilizar a los menores para la comisión de homicidios.
Sossa aseguró que se ha creado una serie de normas de procedimiento que imposibilitan a los funcionarios de instrucción cumplir con su labor y hacer efectivo el trabajo de la administración de justicia.
Entre las normas que calificó como fuera de lo razonable, mencionó aquélla en donde los fiscales deben entregar en un término de 48 horas al juez de la causa, copias autenticadas del expediente para que éste decida sobre detenciones provisionales.
Alegó que también se obliga al funcionario de instrucción a entregar en 90 días el resultado de la investigación, término que una vez superado obliga a levantar la detención preventiva.
Sostuvo que estas normas tienen la clara intención de favorecer la impunidad, debido a que ningún fiscal se encuentra en la capacidad de cumplir con estas disposiciones por la falta de recursos y el gran volumen de trabajo existente en los despachos.
Explicó que esta situación se hace más crítica en el interior del país en donde no hay fiscales especializados y le corresponde a los fiscales de circuito asumir este tipo de investigaciones sin tener el tiempo ni los materiales necesarios para ello.
"Todo esto lo que hace es asegurar la impunidad y propiciar el uso de los menores para la comisión de homicidios y otros delitos graves, ya que el régimen procesal les asegura la impunidad en sus acciones", detalló.
Consideró que esta es una situación salida de todo control, al igual que ha ocurrido con la Dirección de Sistema Penitenciario, en donde se ha perdido la capacidad de impedir la entrada de drogas, armas y teléfonos celulares a las cárceles.
Finalmente, el magistrado Valdés sentenció: "Necesitamos aumentar nuestra eficiencia tanto interna como externa, sólo así podremos garantizar un mejor servicio al público y contribuir así a fortalecer nuestra democracia".
El procedimiento de firma digital fue explicado por el magistrado Valdés en su propia computadora. Fue así que se observa que cuenta con una llave que se conecta a los puertos USD de las computadoras, la que a su vez lleva dentro el certificado digital: la tecnología de incriptación.


La persona en realidad no firma ningún documento; mediante este procedimiento no se estampa ninguna firma en el papel; lo que logra es garantizar la protección de documento con estas dos garantías:
  1. Que quien la usa no puede repudiar la firma porque se le puede probar inequívocamente que fue utilizada por él o bajo su responsabilidad exclusiva.

  2. Que cuando el documento viaja del remitente al destinatario, ya sea por una red interna o por internet, no puede ser alterado porque va protegido con un sistema de incriptación.


Cada usuario posee una clave (usualmente numérica o alfabética) una especie de password que sólo él o ella la conoce y es lo que le permite accesar a la pantalla. Destacó Valdés que la iniciativa de la firma digital ha sido posible gracias a una donación de la Organización de Estados Americanos (OEA), consistente en B/ 25,000, que permitió contratar los servidores, el software, los servicios de consultoría de Microsoft. A partir de Window 2000 incluyeron el concepto de la firma digital.


El magistrado Valdés mostró cómo funciona la firma digital: en la pantalla de su computador donde se encuentran instalados dos códigos o símbolos que significan que ya llevan la firma digital. Arriba de la pantalla se encuentra una figura que indica firmar, la computadora mostrará los certificados digitales que ya se tienen instalados. La computadora le solicita al usuario la clave privada que es lo que hace responsable a cada persona al momento de suscribir o de aprobar el documento.
El certificado digital portátil permite al titular del mismo conectarse a cualquier computadora personal para firmar electrónicamente. La tecnología también considera la posibilidad de agregar a los documentos diferentes firmas, tal es el caso del Tribunal Electoral cuyos documentos deben ir refrendados por los tres Magistrados que lo conforman. Al respecto, Valdés indicó que los documentos son paulatinamente revisados y firmados por los tres magistrados desde sus respectivas computadoras sin la necesidad de usar y transportar papeles entre las oficinas, con lo cual se agilizan los trámites internos de días y días a escasas horas de firma.

 

El Tribunal Electoral se convierte así en la autoridad certificadora en Panamá de la firma digital. Es decir, la entidad puede emitir certificados digitales que respaldan el uso de firma digital a cualquier persona que lo solicite. El interés del TE es motivar al Estado para que se integre a la innovación tecnológica, sin costo alguno. En una segunda etapa lo podrá tratar de comercializar con el sector privado cuando surja la cultura y la conveniencia de tener la firma electrónica.


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124020
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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