El Decreto Ejecutivo N° 1424, publicado ayer en la Gaceta Oficial, ordena a las gobernaciones de todo el país reglamentar el horario de funcionamiento en centros nocturnos y establece que los establecimientos que ofrecen bebidas alcohólicas tendrán un horario de 9:00 a.m. a 2:00 a.m., los días domingos, lunes, martes y miércoles, y de 9:00 a.m. a 3:00 a.m., los días jueves, viernes y sábado.
Sin embargo, se exceptúa de la restricción a los locales ubicados dentro de hoteles debidamente autorizados para operar.
Mayín Correa, gobernadora de Panamá, dijo que mañana comenzará a trabajar con los abogados para que la medida sea consensuada, porque es urgente reglamentar el abuso del expendio de licor, por el incremento de cantinas en todos los pueblos.
Destacó que la proliferación de cantinas “es impresionante” y que el licor es siempre el protagonista principal en las riñas, abusos familiares y muertes, por lo que se cataloga como la más entusiasta en adoptar la medida por los resultados positivos que tuvo su aplicación en Bogotá, Colombia, y en otros países.
Igual medida para todos
Para Rafael Zeballos, representante de la Fundación de Jóvenes Pro Seguridad Ciudadana, la medida es ineficiente y no será efectiva, ya que prohíbe a unos el expendio de licor y hace una excepción con hoteles y casinos.
A su juicio, con esto no se logrará sacar a las personas de las calles, por el contrario creará una "competencia desleal" entre los establecimientos.Zeballos sugiere que la medida sea implementada de igual manera para todos los comercios.
En contra de la prohibición
El alcalde capitalino, Bosco Ricardo Vallarino, manifestó que se están metiendo con un derecho fundamental del ciudadano, que es decidir hasta qué hora y cuándo se quiere divertir.
Sostuvo que no se está siendo justo con el empresario, pues éste paga por siete días y sólo le es factible tres.
El Decreto Ejecutivo está firmado por el presidente de la República, Ricardo Martinelli, y el ministro encargado de Seguridad Pública, Alejandro Garúz.