A pesar de que la Corte Suprema de Justicia decidió mantener al magistrado Jacinto Cárdenas dentro del expediente por el pago de sobornos para la aprobación del Cemis, la magistrada Esmeralda de Troitiño considera que esta decisión deja de atender los principios de la correcta administración de justicia, transparencia e imparcialidad.
Cárdenas es suplente del magistrado Winston Spadafora, quien se encuentra junto a su homólogo Alberto Cigarruista, denunciado dentro del caso Cemis.
La investigación del caso CEMIS nació de una denuncia que hizo el legislador Carlos Afú de que varios de sus colegas en la Asamblea recibieron miles de dólares para votar a favor del contrato del Centro Multimodal y de Servicios en Colón.
El Pleno de la Corte resolvió no declarar impedido al magistrado Cárdenas en este expediente, bajo el argumento de que dicha petición era extemporánea.
Sin embargo, al explicar su voto, la magistrada Troitiño aseguró que si bien la decisión del Pleno cumple con la formalidad del artículo 765 del Código Judicial, en cuanto al período de tiempo para declararse impedido en un caso, lo indicado era proceder a la separación de Cárdenas.
Según Troitiño, en el caso de Cárdenas, la causa de impedimento está claramente acreditada.
Agrega que su separación permitiría que el fallo que se adopte esté desprovisto de subjetividad, inseguridad o falta de ecuanimidad, que lo pueden descalificar.
Sostuvo que en este tipo de casos, se deben atender los principios éticos y de transparencia que regentan una correcta administración de justicia.
El Pleno decidió rechazar dos recursos de prescripción de la acción penal, presentados por los abogados del diputado Mateo Castillero y del empresario Martin Rodin.