Nación

Menores de edad denuncian maltrato físico y emocional


Aunque parezca increíble, la mayoría de las llamadas que se reciben en la línea 147 de ayuda, establecida por el Ministerio de Desarrollo Social, proviene de niños de 3 a 4 años de edad.
Muchas de sus denuncias están relacionadas con maltrato físico y emocional. A partir de principio de enero del 2006 la línea se extendió a las mujeres, para que también denunciaran casos de violencia intrafamiliar, explicó Ambar Jaén Vallejos, coordinadora de esa oficina.
También existe la línea 800-0014 que coordina el Ministerio Público, pero no se conocen las estadísticas de la misma.
Añadió que otro sector que utiliza la línea 147 son los adultos mayores, y aunque también denuncian casos de maltrato y negligencia, muchos la utilizan para desahogarse y hablar con alguien sobre su soledad y abandono de parte de los familiares, quienes sólo se acercan a ellos cuando les corresponde cobrar su pensión de jubilación.
Jaén Vallejos explicó que en el caso de los menores de edad, el procedimiento a seguir es hablar con el niño y tratar de conocer si dice la verdad; se le toma la mayor cantidad de datos y se remite a la sede regional, en caso de que la llamada provenga del interior, con el informe respectivo y luego un trabajador social acude al hogar del niño para verificar la situación y, en caso de emergencia, se contacta a la Policía de Menores para que actúe.
Añadió la funcionaria que en muchos casos de maltrato a los menores están involucrados los vecinos.
En la actualidad, la línea 147 funciona 24 horas al día, los 365 días al año y es atendida por 13 expertos en trabajo social y psicología.
El último informe de esta dependencia reveló que durante abril se recibieron unas 17, 134 llamadas, mientras que en el mes de marzo el número fue de 23, 314.
La mayoría de las llamadas corresponde al sexo femenino, un 46.88% es de niños de 3 a 4 años de edad, el 17% es de adolescentes y el 25.43% de adultos.
El procedimiento de los procesos de inspección sería el siguiente: Los locales serán inspeccionados sólo por unidades de la Autoridad.
De encontrarse posible infracción a la ley, el funcionario levantará un acta en la que se especifiquen y detallen los infracciones encontradas para proceder a citar al agente económico respectivo.
El director de Protección al Consumidor le indicará adecuadamente al infractor los motivos de la citación y se le proporcionará una hoja de descargo para que explique las razones o justificaciones de los hechos por escrito.
De acuerdo a lo contenido en el expediente, el Director Nacional de Protección al Consumidor procederá a sancionarlo o exonerarlo a través de una resolución, la que deberá ser notificada al agente económico, y habrá un periodo de cinco días hábiles para una apelación.
En caso de que un producto tenga dos precios distintos, prevalecerá el menor. Se establece que los establecimientos comerciales que se dedican a la venta de bienes a informar los precios de los productos de forma clara y precisa, de forma tal que no induzca al consumidor a error o confusión.


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233602
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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