El Ministro de Obras Públicas Eduardo Quirós aclaró ayer que la demanda de nulidad presentada contra las resoluciones de gabinete No 123 de diciembre de 2,002 y No 10 de 29 de enero de 2,003 por las cuales se autorizó al MOP la contratación directa para la construcción del camino ecológico Boquete-Cerro Punta no ha sido acogida por la Corte Suprema de Justicia.
Quirós aseguró que el oficio 1640 por el cual la Sala Tercera Contencioso Administrativa le ordenó remitir copia autenticada del contrato suscrito entre el MOP y la empresa Constructora Urbana S.A. (CUSA) sólo llegó a su despacho el 19 de noviembre pasado y que dicha orden no significa que la Sala Tercera haya acogido la demanda sino que desea tener más información para decidir si acoge o no la misma.
Para Quirós el manejo de las informaciones aparecidas en El Panamá América relacionadas con la construcción del camino ecológico Boquete-Cerro Punta fueron hechas de manera "sesgada, falta de profesionalismo periodístico y con el interés de difamar a la Presidenta de la República".
El funcionario aseguró que el pasado 7 noviembre se publicó una información en donde se aseguraba que la demanda había sido acogida, pero que esta situación no era cierta ya que no es lo mismo que la Sala Tercera solicite un informe o la copia de un contrato que el admitir una demanda.
El edicto No 1522 del 5 de noviembre emitido por la Sala Tercera Contencioso Administrativa ordenó que por secretaría se oficie al MOP para que en término de cinco días remita copia autenticada del contrato administrativo celebrado entre esa institución y CUSA para el diseño, financiamiento, estudio de impacto ambiental y construcción del camino ecológico Boquete Cerro -Punta por un monto de B/.4,622,333.
A pesar de que dicho oficio estuvo adherido al mural de la Sala Tercera en la fecha correspondiente, esta notificación no fue entregada mediante oficio al MOP hasta el pasado 19 de noviembre, por lo que la situación era desconocida por sus autoridades. En este sentido el Ministro Quirós aseguró que dio instrucciones para cumplir con la citada ordenanza.
El fiscal quinto de circuito Giovanni Olmos presentó ante la Corte una demanda de nulidad contra las resoluciones de gabinete No 123 de diciembre de 2,002 y No 10 de 29 de enero de 2,003 por las cuales exceptuó al MOP de seleccionar contratista, se le autoriza a la contratación directa y se da concepto favorable para el estudio de impacto ambiental para construcción del camino ecológico Boquete-Cerro Punta por la suma de B/.4.6 millones.
Según el recurso del fiscal Olmos los intereses de la colectividad resultan conculcados con las resoluciones de gabinete No 123 de diciembre de 2002 y la No 10 de 29 de enero del 2003 en donde se dio concepto favorable al MOP para suscribir con la empresa Constructora Urbana S.A. para el diseño, financiamiento y construcción del camino ecológico.
De acuerdo con el funcionario de instrucción el contrato administrativo viola la normativa referente a la contratación pública, pues éste se celebró mediante contratación directa sin que existiera urgencia evidente que no permitiera conceder tiempo necesario para celebrar el acto público de selección de contratista.