Datos
- 14 es el numeral que también sería adicionado al artículo 88 para condenas a quien planifica desde un centro penitenciario.
- 6 clases de delito harían cambios.
Una pena de prisión de cuatro a seis años para quienes perturben la paz pública, al suministrar información falsa sobre instrumentos para destrucción masiva, es una de las propuestas que el Ministerio de Seguridad Pública pretende adaptar a la jurisdicción panameña.
El proyecto de ley, que adiciona el artículo 293-A al Código Penal, busca penalizar las falsas alarmas.
“Se han dado reiterados casos en el aeropuerto de Tocumen. En otros países, si por hacerse el chistoso comenta que lleva una bomba, está en serios problemas”, explicó el ministro de Seguridad, José Raúl Mulino.
Otra de las iniciativas presentadas por el ministro fue para regularizar la situación jurídica de los aislados y refugiados que manifiesten la intención de residir en Panamá.
“Si deciden abandonar el estatus de refugiados, pueden residir en Panamá. No son muchos, pero existen personas que prefieren renunciar a su condición”, detalló el ministro.
El beneficio se aplicaría para quienes tengan más de tres años con la condición.
Ayer también fue presentado un proyecto de ley para el transporte de reos hacia lugares diferentes, al haber cometido delitos contra la seguridad pública y contra la humanidad; blanqueo de capitales, la trata de personas, tráfico ilícito de migrantes y delitos conexos.
“En virtud de la complejidad de los delitos del crimen organizado, la idea es poder movilizar al delincuente hacia otros lugares, ya que muchas veces se siembra el desasosiego”, declaró Mulino.
En este sentido, se añadiría al Código Judicial el artículo 2146-A, el cual explica que la detención preventiva podrá hacerse en un lugar distinto a la provincia donde se cometió el delito.