En una decisión unánime los magistrados de la Corte Suprema de Justicia declararon no viable un recurso de inconstitucionalidad para levantar las medidas cautelares a los bienes de Marcela Tassón, quien fungió como secretaria del general Manuel Antonio Noriega.
La decisión mantiene la cautelación de bienes a Tassón ejecutada a través del oficio No. 954 de mayo de 1997 expedido por el Juzgado Cuarto Municipal, ya que algunos de ellos se presume fueron adquiridos de manera ilegal.
De acuerdo con el fallo, aunque se haya declarado la prescripción de la acción penal por el supuesto delito de enriquecimiento ilícito, subsiste la pena accesoria del comiso de los bienes.
A la vez se establece que en reiteradas ocasiones la Corte ha señalado que los oficios representan solicitudes o comunicaciones que por su propia naturaleza carecen de toda potencialidad para inferir lesión a alguna de las normas legales.
También señala que la decisión del juzgado obedeció a la investigación realizada sobre una serie de propiedades, presumiblemente pertenecientes al exgeneral Manuel Antonio Noriega y que habían sido adquiridas con fondos del Estado.
Los representantes legales de Tassón alegan que la orden de hacer contenida en el oficio impugnado ordena un comiso de bienes que práctica y técnicamente es una confiscación que prohíbe la Constitución Nacional.
En el recurso presentado se indica que el oficio establece una pena de confiscación a los bienes de Marcela Tassón, legítimamente adquiridos por ella, debido a que no se llegó a demostrar en el proceso penal que los bienes investigados fueron adquiridos ilícitamente y mucho menos decretar el comiso de bienes, que no han sido objeto de un proceso penal.