El Juzgado Décimo de lo Penal concedió un sobreseimiento provisional a favor de cinco agentes del Servicio de Protección Institucional (SPI), quienes fueran acusados de propinar una golpiza a pacientes y a familiares afectados por el envenenamiento de medicinas de la Caja de Seguro Social (CSS) con dietilenglicol.
La decisión del juez Raúl Vergara se basó en que los hallazgos médicos legales presentes en la anatomía de los familiares y de los afectados del dietilenglicol que participaron de la manifestación del día 19 de julio del 2007 a la Presidencia de la República, no concuerdan con sus declaraciones, pues no hay congruencia entre la violencia que se describe y lo que señalan los forenses.
El 16 de junio del 2008, este mismo juzgado sobreseyó definitivamente a estas personas de los cargos antes mencionados, pero se elevó una apelación al Segundo Tribunal Superior de Justicia que ordenó la ampliación.
Los miembros del Comité por el Derecho a la Salud y la Vida rechazaron el fallo y aseguraron que todo el país observó a través de los medios de comunicación los golpes y maltratos que sufrieron.