Nación

Normas para turismo en parque Coiba


Expertos se reunirán mañana para obtener insumos que sirvan para elaborar el plan de manejo del Parque Nacional Coiba, y divulgar las normas existentes referentes al desarrollo turístico y motivar a los operadores de turismo a implementar prácticas responsables dentro del mismo.
Operadores de Turismo de Panamá, se reunirán con expertos de Ecuador y Colombia para analizar las iniciativas de la Red de Operadores de Turismo del Corredor Marino de Conservación del Pacífico Este Tropical y lograr aplicarlas en Coiba.
La Fiscalía Primera Superior maneja casos de secuestros y homicidios, y cuando el secuestrado pierde la vida, entra en conocimiento de la Fiscalía, tanto el delito de homicidio como el de secuestro.
Cedeño recuerda un secuestro en San Miguelito. Se trataba de un humilde repartidor de la Cervecería Nacional.
El trabajador vendía licor. Un día, cuando cobraba la mercancía en un establecimiento comercial, fue víctima de secuestro.
Pidieron por él una recompensa a la cervecería, pero mientras llegaba la persona que entregaría el dinero, lo asesinaron. En cambio, robaron la recompensa y golpearon a quien la llevaba.
Pero no siempre se pide dinero. Cedeño narra que hace algunos años, una familia fue secuestrada y los delincuentes no solicitaron dinero, sino droga.
Resultó que dos integrantes de la familia se apropiaron de un cargamento que supuestamente llegó al Aeropuerto Internacional de Tocumen.
La droga llegó, pero las dos personas la tomaron e hicieron un "tumbe".
Los otros miembros de la organización retuvieron a la familia en su propia casa hasta que le entregaron la droga.
Este caso también fue a una audiencia. Los seis sujetos fueron condenados por trafico internacional de drogas, mas no por secuestro ni homicidio.
La fiscal no recuerda casos donde la mafia china esté vinculada, pero investigadores de la PTJ dijeron que se dan por deudas de juegos.
"Los chinos secuestran hasta por deporte y puede haber casos que a veces ni nos enteramos", dijo.
El capítulo III del Código Penal, en su Artículo 188, señala que quien secuestre a una persona para obtener de ella o de otra, como precio de liberación, dinero, cosas o documentos con efecto jurídico, cualquiera que sea, a su favor o de otras personas, aunque no logre el fin propuesto, será sancionado con prisión de 5 a 7 años.
Será un agravante cuando las víctimas sean servidores públicos que tienen cierto tipo de rango dentro del engranaje gubernamental, menores de edad, ancianos, discapacitados, embarazadas, cuando hay torturas y violaciones. Las penas podrían ser hasta de 12 años.
Unos 12 casos de secuestros hubo en el 2006. A pesar que los delincuentes solicitaron recompensa, nunca fueron canceladas.
Los hebreos son los más atacados, pero nunca denuncian el hecho y deciden manejarlo con toda la discreción posible. Suelen hasta pagar la recompensa solicitada.


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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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