Oficinas públicas cerrarán el jueves y laborarán el sábado
REDACCION
A través de un Decreto Ejecutivo, el Presidente de la República Ricardo Martinelli, ordenó el cierre de las oficinas públicas nacionales y municipales en todo el territorio nacional, el día 21 de abril de 2011, a partir de las 12:00 p.m., con motivo de la Semana Santa.
Para compensar estas horas, los servidores públicos nacionales y municipales que no laboren el jueves 21, deberán trabajar el sábado 16 en horario de 9:00 a.m. a 1:00 p.m.
Sin embargo, el Decreto Nº 192, establece que se exceptúan de lo antes establecido, las oficinas públicas que por razón de la naturaleza del servicio que prestan deban permanecer funcionando.
Algunas de estas instituciones son: el Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales (IDAAN), las instituciones de salud como hospitales, clínicas, policlínicas, centros de salud y unidades de salud, tanto de la Caja de Seguro Social como el Ministerio de Salud.
Además, el documento establece que la Autoridad del Canal de Panamá (ACP), queda excluida de esta norma y agrega que, las instituciones bancarias se regirán por lo establecido por la Superintendencia de bancos.
A través de un Decreto Ejecutivo, el Presidente de la República ordenó el cierre de las oficinas públicas nacionales y municipales en todo el territorio del país, el día 21 de abril de 2011, a partir de las 12:00 p.m., con motivo de la Semana Santa.
Para compensar estas horas, los servidores públicos nacionales y municipales que no laboren el jueves 21, deberán trabajar el sábado 16 en horario de 9:00 a.m. a 1:00 p.m.
Sin embargo, el Decreto Nº 192, establece que se exceptúan de lo antes establecido, las oficinas públicas que por razón de la naturaleza del servicio que prestan deban permanecer funcionando.
Algunas de estas instituciones son: el Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales (IDAAN), las instituciones de salud como hospitales, clínicas, policlínicas, centros de salud y unidades de salud, tanto de la Caja de Seguro Social como el Ministerio de Salud.
Además, el documento establece que la Autoridad del Canal de Panamá (ACP), queda excluida de esta norma y agrega que, las instituciones bancarias se regirán por lo establecido por la Superintendencia de bancos.