El Gobierno prohibió todo acto de invasión de tierras estatales dadas en usufructo o adjudicadas a las organizaciones campesinas, y cualquier traspaso sobre las mismas.
El Ministerio de Desarrollo Agropecuario (MIDA) a través de la Dirección Nacional de Reforma Agraria advirtió que algunas organizaciones campesinas se han dedicado a adjudicar a terceros tierras concedidas por el Estado en forma gratuita, por lo que amerita regular esta materia.
Según la Resolución No. DN COI-2000 de 7 de enero de 2000, se ha comprobado que existen organizaciones campesinas que traspasan derechos posesorios sobre tierras adjudicadas a título gratuito u otorgadas en usufructo y sin autorización de la Dirección Nacional de Reforma Agraria del MIDA.
Sostiene la norma que estas prácticas van en detrimento del patrimonio del Estado y violan las disposiciones de la Ley 23 de 1983, así como el Código Agrario de la República de Panamá.
Reitera Reforma Agraria que todo acto que viole esta disposición será considerado como una usurpación de bienes del Estado.
La Ley No. 23 del 21 de octubre de 1983 reglamenta el funcionamiento de las organizaciones campesinas en la República de Panamá y crea los asentamientos campesinos, como instituciones de carácter social.