La procuradora de la Administración, Alma Montenegro de Fletcher, estimó que el Organo Ejecutivo omitió su deber legal previsto en el artículo 106 de la ley 29 de febrero de 1996, al no proceder al nombramiento de un nuevo comisionado de la Comisión de Libre Competencia y Asuntos del Consumidor (CLICAC).
En una consulta elevada por la propia CLICAC la procuradora Fletcher señaló que el Organo Ejecutivo debió nombrar un nuevo comisionado de esa dependencia, luego que el período del comisionado Enrique Chang expirara el pasado 31 de diciembre.
De acuerdo con Fletcher, Chang deberá permanecer en el ejercicio de su cargo hasta tanto sea nombrado su reemplazo y ratificado por la Asamblea Legislativa. También señala que el Presidente de la República y el ministro de Comercio e Industrias (MICI) deberán nombrar al comisionado y su suplente por un período determinado, al tenor de lo establecido en el Decreto No 71 de 17 de diciembre de 1996.
En su opinión Fletcher indicó que este caso no se puede aplicar el artículo 341 del Código Penal como sanción, ya que el funcionario público no ha abandonado su cargo sin haber cesado legalmente en el desempeño de éste.
Estableció que el citado artículo sanciona el abandono del puesto sin causa justificada. No obstante, señala que ese abandono para ser delito debe hacerse antes de que se posesione al individuo que ha de reemplazarlo.
Así mismo expresó que esta disposición del artículo pareciera dar a entender que no habrá hecho punible cuando el funcionario abandone su cargo temporal o transitoriamente, o cuando no hubiese sido reemplazado por otro, caso en los cuales se incurrirá en responsabilidad.
También señaló que de acuerdo con lo establecido por el artículo 793 del Código Administrativo ningún empleado dejará de funcionar, aunque su período haya transcurrido, sino luego que se presente a reemplazarlo el que haya sido nombrado al efecto o el suplente respectivo.
La CLICAC tiene entre sus funciones velar por el cumplimiento de las leyes antimonopolios y verificar la calidad de los productos que se venden en el mercado local y tiene la facultad de aplicar sanciones a quienes violen estos preceptos.
Sin embargo, algunos sectores han criticado su accionar por considerar que no llena las expectativas para las que fue creada y han requerido la modificación de la legislación que la creó.