Las reformas propuestas eliminan la prohibición que tiene el Código Electoral en cuanto a poner mesas de votación en hospitales, asilos y centros de reclusión a nivel nacional.
Es decir que, con el cambio sugerido, se deja abierta la posibilidad de permitir el voto de los detenidos no condenados, los ancianos en los asilos y los enfermos en los hospitales.
Este proceso estará sujeto a la reglamentación que debe dictar el Tribunal Electoral.
Por otro lado, con el proyecto de reformas propuesto se advierte que aquellas personas que han renunciado a la nacionalidad panameña o hayan adquirido otra nacionalidad a la que no tenían derecho por nacimiento, perderán sus derechos ciudadanos y por lo tanto, no podrán votar, ni ser candidatos a ningún cargo de elección popular.
Además se introduce un nuevo artículo para ayudar al proceso de depuración del Padrón Electoral, eliminando, previa publicación, a los ciudadanos que no hayan ejercido el sufragio en tres consultas populares consecutivas, y que además, no hayan hecho ningún trámite ante las dependencias del Tribunal Electoral.
Con esa medida se espera tener una cifra más precisa sobre el verdadero nivel de abstencionismo de los ciudadanos panameños, que ha estado distorsionado por la gran cantidad de nacionales que reside en el exterior y que abulta el padrón electoral.
Actualmente, unas seis mil personas de las 11, 200 que permanecen encarceladas en diversas centros penitenciarios del país, aún no se les ha realizado un juicio.
El paquete de reformas electorales introduce un nuevo artículo para ayudar al proceso de depuración del Padrón Electoral.