Aseguró que en una auditoría se detectó la pérdida de 11 cámaras de televisión, valoradas en B/.40,000 cada una. Agregó que se han extraviado otros materiales de producción televisiva.
Según la denuncia, actualmente la televisora no goza de cobertura nacional, debido a que muchos de los equipos necesarios no han sido instalados. Otras de las irregularidades son inconsistencias por B/.117,789 y B/.6,495 en los estados financieros.
En esta licitación el mercado quedó repartido de tal forma que ambas se encargarían de distribuir oxígeno médico en 4 provincias cada una.
Así a Aceti-Oxígeno, S.A. le correspondió suministrar el producto a las provincias de Bocas del Toro, Chiriquí, Los Santos y Panamá, mientras que la empresa Distribuidora de Gases Industriales, S.A. le correspondió Coclé, Colón, Herrera y Veraguas.
Luego de este fallo la CLICAC espera que se evacuen los trámites de notificación y los recursos que interpongan las empresas para imponer las sanciones correspondientes.
Sin embargo, una de las empresas demandadas, Aceti-Oxígeno, S.A, anunció la presentación de un recurso de apelación, mientras que Distribuidora de Gases Industriales, S.A. está pendiente de notificación.
ACETI-OXIGENO, S.A. y Distribuidora de Gases Industriales, S.A. infringieron el numeral 4 del artículo 11 de la Ley 29 de 1996 por la comisión de prácticas monopolísticas absolutas.
Como empresas competidoras acordaron previamente la manera como iban a postular los precios para las licitaciones, en perjuicio de la CSS.
La coordinación de precios en las licitaciones y el no rivalizar en las ofertas permitía que se repartieran el mercado del oxígeno médico.