Nación

Personas con SIDA deberán informarlo


Toda persona que tenga conocimiento o sospecha de la existencia de un portador o enfermo con Infección de Transmisión Sexual (ITS), Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) o el SIDA, debe notificarlo o denunciarlo, obligatoriamente, a las autoridades de salud.
Esta medida se dicta dentro del reglamento de la Ley 3 del año 2000, para evitar nuevos contagios y velar por el bienestar físico, mental y social de la población.
Pero también el portador o enfermo tiene un plazo de cuatro semanas para informar de su condición a sus contactos o personas en riesgo que hayan sido captadas durante la investigación del equipo de salud, pues de lo contrario lo harán las autoridades de salud.
Se aclara que se tomarán las medidas para que la notificación no afecte la situación familiar, social o laboral del afectado y los involucrados.
Un decreto ejecutivo que dicta el reglamento también establece que se deberán realizar pruebas diagnósticas a las mujeres embarazadas cuando el criterio médico lo considere obligatorio, para poder atender la transmisión perinatal.
Las mujeres que no cuenten con dinero para practicarse la prueba, quedarán exoneradas del pago.
Las gestantes que resulten positivas en pruebas de ITS o de VIH recibirán el tratamiento adecuado según el esquema establecido.
El decreto ejecutivo también se refiere a la constancia que deben presentar quienes deseen contraer matrimonio civil, de que se realizaron la prueba de ITS/VIH.
Si uno de los contrayentes da un resultado seropositivo, ello no será impedimento para que se case, pero los contrayentes deberán firmar un certificado de salud prenupcial avalado por el médico tratante, en el que confirmen que conocen los resultados de las pruebas.
Según las disposiciones, todo persona portadora o enferma de una ITS/VIH/SIDA será atendida por un equipo multidisciplinario de salud con máximo respeto, confidencialidad y sin discriminación.
Para tal objetivo se establece la obligatoriedad de que los directores de las instalaciones de salud tanto públicas como privadas vigilen que un portador (a) o enfermo (a) reciba la atención debida.
Para garantizar el derecho de los afectados a recibir oportunamente el tratamiento, la Comisión Nacional de Formularios de Medicamentos del Ministerio de Salud incluirá los medicamentos específicos y actuales especiales en la lista oficial.
Todo paciente que tenga un diagnóstico como portador o enfermo, debe ser referido por el médico, en forma expedita, a un especialista en enfermedades infecciosas o en medicina interna.
Las autoridades intentan frenar los contagios mediante campañas de profilaxis y educación, entre las que se incluye la distribución de condones e información sobre su uso correcto, así como material impreso tanto de las actividades sexuales seguras como de las que conlleven riesgos.
En materia educativa se promoverá el uso del preservativo, y se elaborará un plan estratégico en salud sexual y reproductiva así como de prevención y control de las ITS/VIH/SIDA, que se ejecutará en los centros de enseñanza oficiales y particulares del país.
Las medidas de prevención también incluyen hoteles, moteles, pensiones, casas de alojamiento ocasional y los buques, los que deben tener preservativos para los huéspedes y tripulación.
En el caso de los navíos, deben tener tres condones por día para cada tripulante cuando estén en puertos panameños. La unidad de sanidad marítima asegurará que haya suficiente abastecimiento de preservativos.
Esta unidad deberá incluir la compra de condones dentro de su presupuesto anual, y el costo de los condones que entregue en los buques, dentro del renglón respectivo.
Quienes infrinjan estas disposiciones se harán acreedores a sanciones establecidas en los códigos Sanitario y Penal, y los ingresos que se recauden por las multas se invertirán en actividades de atención, promoción, prevención, control, investigación y capacitación.
El Programa Nacional contra las ITS/VIH/SIDA será coordinado por la Dirección General de Salud Pública.


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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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