Nación

Policías y custodios podrán llevar armas


El Tribunal Electoral (TE) advirtió que en actividades proselitistas y el próximo 3 de mayo, día de las elecciones generales, sólo podrán portar armas de fuego los miembros de la Fuerza Pública, DIJ, SPI y escoltas de candidatos a puestos de elección que estén trabajando en esos momentos.

Asimismo, aclaró que estos deberán estar debidamente autorizados por el cuerpo de Delegados Electorales, según señala el Decreto 26 del 22 de abril de 1999.

Otra medida adoptada es que sólo se expedirán carnés a un máximo de siete escoltas por candidatos a la Presidencia, tres por candidatos a la Vicepresidencia y dos por presidentes o representantes legales de los partidos políticos y candidatos a alcalde o diputado principal.

 

Los representantes, y suplentes a puestos de elección popular no podrán tener escoltas armados.

Además, el número de custodios armados no aumentará aunque la persona haya sido postulada por varios partidos políticos.

Todo particular que porte arma en estas actividades será detenido y puesto a órdenes de la fiscalía electoral.

 

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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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