La Unión de Prácticos del Canal de Panamá denunció ayer que el proyecto de ley que adiciona al Código Penal normas de protección a la seguridad y funcionamiento del Canal de Panamá podría ser utilizado por la Autoridad del Canal para "intimidar al trabajador" de la vía acuática.
De acuerdo con el presidente de los prácticos, Juan Ramón Feliú, el contenido normativo del proyecto crea posibilidades que no son cónsonas con la intención del Organo Ejecutivo.
Sostiene que la falta de precisión en los conceptos y terminología ocasionaría un grado inaceptable de vaguedad y ambigüedad en la interpretación de las normas, así como un alto nivel de incertidumbre e inseguridad.
"Tal incertidumbre se agrava para los empleados de la Autoridad del Canal, quienes en el ejercicio de sus funciones podrían afectar el normal funcionamiento de la vía", agregó Feliú.
Según la misiva enviada por los prácticos a la Comisión de Gobierno y Justicia de la Asamblea Legislativa esta situación podría prestarse fácilmente para la "metódica y arbitraria intimidación" del trabajador.
Precisó que para evitar estos peligros es necesario utilizar absoluta precisión en la tipificación de las conductas sancionables penalmente.
Indicó que es necesario una clara diferenciación entre dichas conductas y aquéllas que son sancionadas por los reglamentos de la Autoridad del Canal.
Los pilotos del Canal solicitaron cortesía de sala para expresar su punto de vista con relación a este proyecto de ley.
El proyecto de ley presentado por el ministro de Gobierno y Justicia, Winston Spadafora, detalla que con la reversión de las áreas canaleras dejó de surtir efecto la legislación norteamericana sobre esos territorios que incluyen el Canal.
El proyecto establece que aquel que por cualquier medio ponga en peligro el funcionamiento del Canal de Panamá será castigado con pena de 5 a 10 años de prisión.
También dispone que quien ejecute cualquier acto que impida el funcionamiento u operación del Canal de Panamá será castigado con pena de 10 a 15 años.
En su artículo 3 la norma indica que "El que ejecute cualquier acto que dañe, inutilice o en alguna forma afecte la operación o funcionamiento de alguna de las esclusas del Canal de Panamá será castigado con pena de 15 a 20 años de prisión".
Mientras que el artículo 5 señala que "cuando los delitos anteriores descritos sean cometidos por servidores del Canal de Panamá la pena se aumentará de una sexta parte a la mitad".
En tanto, ayer Edward G. Smethurst de Commerce and Industruy Group, de la compañía British Nuclear Fuels (BNFL), propietaria de los buques que transportan desecho nuclear que utilizan el Canal de Panamá, manifestó ante la comisión de Gobierno de la Asamblea la necesidad de que los controles de seguridad en la vía sean redoblados para garantizar el libre tránsito y protección de los buques que atraviesan la vía.
Señaló que en 1998 activistas del grupo ambientalista "Greenpeace" violaron las normas de seguridad y abordaron abiertamente el Pacific Swan, lo que pudo poner en peligro el tránsito de este buque.
"Estamos muy interesados en que se eviten estas acciones en el futuro para garantizar la seguridad de los buques que utilizan el Canal", apuntó Smethurst.
Planteó que están dispuestos a ayudar al Gobierno Nacional y a la Autoridad del Canal de Panamá en cualquier materia que así lo requieran.