Nación

PRD y PP revelan el lunes reformas constitucionales


El Partido Revolucionario Democrático (PRD) y sus aliados del Partido Popular (PP) presentarán de manera conjunta este lunes un proyecto de Acto Legislativo, mediante el cual se propone la modificación de seis artículos de la actual Constitución Nacional.
La iniciativa propondrá la disminución del número de legisladores, la reglamentación de la inmunidad parlamentaria, la eliminación de uno de los suplentes de los legisladores, así como la de un vicepresidente de la República, la modificación de la manera en que se eligen los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y la inclusión del método de la Constituyente para la modificación de la Constitución.
A través de esta propuesta se pretende modificar el artículo 141 de la Constitución Nacional para fijar en un máximo de sesenta el número de legisladores, además se crea la figura de los legisladores nacionales, provinciales y comarcales.
Mediante este mismo artículo se establece que una cuarta parte del total de los miembros de la Asamblea Legislativa serán legisladores nacionales, electos mediante representación proporcional de los votos emitidos a favor del candidato a Presidente de la República de listas cerradas presentadas por los partidos políticos.
También se propone la modificación del artículo 149 a fin de establecer que los legisladores puedan ser investigados y procesados por la presunta comisión de un delito, sin la autorización de la Asamblea Legislativa, pero para su detención se requerirá de la autorización de la Corte Suprema de Justicia.
Se dispone que el legislador podrá ser demandado civilmente, pero no podrán declararse secuestros o medidas cautelares sobre su patrimonio, con excepción de los casos de derecho de familia o laboral.
Además, se recomienda la modificación del artículo 172 de la Constitución Nacional para eliminar a uno de los vicepresidentes de la República.
Otra de las propuestas incluidas en el acto legislativo sugiere que el artículo 206 de la Carta Magna sea cambiado a fin de establecer que por cada dos magistrados que designe el Consejo de Gabinete, se acordará el nombramiento de un magistrado que surgiría de una terna presentada por el Consejo Judicial, compuesta por funcionarios de carrera, del Organo Judicial o del Ministerio Público, el otro será de libre designación del Consejo de Gabinete.
Lo que sería el centro de la propuesta de Acto Legislativo, incluye una modificación al artículo 308 de la Constitución Nacional, a fin de introducir el método de la Constituyente como alternativa para modificación del texto de la Carta Magna.
Se propone que además de las iniciativas del Organo Ejecutivo y la Asamblea Legislativa para modificar la Constitución, habrá iniciativa popular, la cual surgirá al momento que se recoja por lo menos un tercio de los ciudadanos con derecho a voto, según el último padrón electoral.
A la vez se establece en la propuesta de modificación de este artículo que todo lo referente a la Constituyente será regulado por las normas que rijan la respectiva convocatoria.
Según la propuesta, la Constituyente será paralela y estará integrada por cincuenta miembros de acuerdo a una fórmula que asegure la representación de todos los panameños, permitiendo la postulación libre y de los partidos políticos.
Las reformas que adopte la Constituyente no tendrán efecto retroactivo y no alterarán los períodos de los órganos y autoridades legalmente establecidos.
La Constituyente se disolverá al vencimiento del término señalado en la norma que haya realizado su convocatoria.
El acto constitucional que surja producto de este método será sometido a un referéndum y empezará a regir desde su publicación en la Gaceta Oficial.


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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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