El ministro de Desarrollo Social Alcibíades Vásquez, irá a la Asamblea Nacional a presentar el proyecto de Ley que reforma el Código de la Familia, el cual contempla la prohibición del matrimonio a personas menores de 18 años; así lo autorizó el Consejo de Gabinete.
La iniciativa también estipula que, el matrimonio celebrado con anterioridad a la entrada en vigencia de esta norma es válido, pero los contrayentes, sin perjuicio de lo que dispone el Código Penal, quedarán sometidos a las siguientes reglas: serán nulas las capitulaciones matrimoniales celebradas por los cónyuges y ninguno de ellos podrá recibir del otro cosa alguna por donación ni herencia.
Esta regla no se aplicará si se acredita con información, declaración o cualquier otro medio de prueba judicial, no haber hijos o hijas del anterior matrimonio.
La edad mínima para contraer matrimonio en el caso de las niñas es de catorce años, con el consentimiento paterno o materno y desde los dieciséis años para los niños, según la legislación panameña.
El matrimonio de personas menores de edad, genera su emancipación, la cual se entiende como acto jurídico que consiste en la liberación de la patria potestad o de la tutela, resaltó el Ministro del Mides.