Las compañías de seguridad privada deberán pagarles seguro de vida por un monto mínimo de B/ 25 mil a los agentes y no podrán obligarlos a cumplir jornadas laborales extraordinarias no establecidas en el Código de Trabajo.
Lo anterior es producto de la Ley 9 del 15 de marzo de 2010, sancionada por el Ejecutivo, que adiciona disposiciones al Código.
Se establece que deberán brindarles uniformes completos, entregar los talonarios con el detalle de las jornadas laboradas y darle capacitación en el manejo de armas y seguridad.
El Ministerio de Trabajo velará el cumplimiento de esta norma.