Nación

Proyecto minero da vida a los artículos de ley derogada

Los temas ambientales y el desarrollo de proyectos en la comarca fueron los únicos en no ser incluidos. La mayoría de las tarifas por permisos y concesiones que datan de tres décadas atrás recobran vigencia.


El proyecto que reforma el Código de Recursos Minerales restablece, por un lado, disposiciones del Código de 1963, pero también recupera artículos de la derogada Ley 8 de febrero de este año.

En una comparación realizada por este medio, 21 artículos de esta efímera ley fueron incorporados en el proyecto 394, que se encuentra en segundo debate en la Asamblea Nacional.

Temas como los cánones y regalías por producción que se generen de las concesiones de extracción, las sanciones por operaciones sin autorización y los beneficios que reciban los municipios y las comarcas, se vuelven a incorporar en este documento que fue aprobado en primer debate, la semana pasada.

 

Los asuntos que no se tomaron en cuenta de la norma extinta fueron la incorporación de una tasa anual por servicios de inspección y fiscalización, los estudios de impacto ambiental,

 la actividad en las comarcas indígenas, medidas de mitigación y auditorías ambientales.

En otros tópicos, la nueva propuesta recobra la vigencia de las cuotas iniciales para los permisos y concesiones del código de 1963,

 

así como las fianzas de garantía.

Sobre la extracción de minerales no metálicos, vuelven a regir los pagos establecidos por la Ley 55 de 1973, que son inferiores a los que había fijado la ley derogada por las protestas indígenas.

La restitución de este artículo fue al pie de la letra con la norma de ese entonces, que hasta se incluye a la Zona del Canal como  jurisdicción especial dentro del impuesto que se establece.

 

La duración de los contratos, que con la  Ley 8 habían bajado a 10 años, vuelven a ser de 20 años como lo fija la Ley 109 de 1973.

La problemática sigue enfocándose en otorgar concesiones a gobiernos extranjeros.

En el proyecto 394, al inicio no se tomó en cuenta el artículo sobre las prohibiciones para ejercer la

 

actividad.

Sin embargo, por petición de diputados de oposición se incluyó, pero no como estaba establecido en el Código Minero, ya que se excluye a personas jurídicas que tengan participación directa o indirecta con algún gobierno o Estado extranjero.

El diputado Crispiano Adames, del Partido Revolucionario Democrático (PRD), consideró que el proyecto no trajo de vuelta artículos buenos de la Ley 8 en el aspecto de sanciones, verificaciones, fiscalizaciones, limitaciones y la redistribución económica en las áreas donde ya existe la explotación.

Suspensión. La bancada panameñista hizo un llamado al Gobierno para que el proyecto que se discute en la Asamblea, incluya una moratoria de nuevas concesiones mineras y que las existentes por medio de contratos otorgados en administraciones anteriores sean fiscalizadas.

Entre tanto, el Centro de Incidencia Ambiental pidió que en vez de discutir la iniciativa oficialista, se considere un anteproyecto presentado por organizaciones ambientalistas que restablece retroactivamente la vigencia de todas las normas derogadas del Código Minero, dejando todo tal y como estaba antes de la Ley 8, el cual fue presentado en julio.

Ante el anuncio de protestas por la discusión del proyecto, este fue bajado en el orden del día del pleno Legislativo, a pocos días para que culminen las sesiones ordinarias, aunque el Gobierno espera que se apruebe antes del 31 de octubre.


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744522
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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