Nación

Reglamentan diámetro para tala de árboles


La resolución emitida por la Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM) concerniente al diámetro máximo de tala o aprovechamiento de los árboles tiene como propósito conservar, recuperar y promover el uso sostenible del ambiente, según informó el administrador general de la Autoridad, Ricardo Anguizola.
Dentro de la reglamentación se estipula que los árboles con diámetros de gran magnitud que existen en Panamá contienen un gran valor ecológico, histórico, genético y escénico, además que contribuyen con la biodiversidad.
De acuerdo con la ANAM, las operaciones de aprovechamiento forestal deben garantizar la producción sostenida de los bosques por cada unidad de extracción y por especie.
Entre las especies de árboles con diámetros de gran magnitud que se encuentran en Panamá, cuya tala es prohibida, están el Cedro Espino, Espavé, Cativo, Barrigón, Caoba, Cedro Amargo, Ceiba y Corotú.
La resolución de la ANAM reglamenta la tala, anillamiento, aprovechamiento o cualquier actividad que provoque la muerte de árboles con diámetros de gran magnitud en áreas rurales y bosques naturales de producción en todo el territorio nacional.
El diámetro máximo de tala para el Espavé es de 250 cms, mientras el del Cedro Espino, Barrigón, Ceiba y Corotú es de 200 y para los árboles Cativo, Caoba y Cedro Amargo es de 150 cms.
La norma señala que para la tala de los árboles de cualquiera de las especies mencionadas que por alguna razón estén secos o muertos,se requerirá de una evaluación previa de las autoridades locales y la ANAM.
Funcionarios de la ANAM visitarán las comunidades ubicadas en sitios de extracción forestal y conversará con las empresas y personas que se dedican a esta labor para brindarles detalles sobre la resolución y la importancia en el desarrollo sostenible de los recursos naturales.


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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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