Todo constructor, propietario o promotor de obras interesado en el uso de una acera deberá solicitar el permiso respectivo ante la Dirección de Obras y Construcciones Municipales y estará obligado a reconstruirla a su costo, de acuerdo con la sección transversal de la calle.
Según una nota de prensa de ese despacho, estas disposiciones se rigen por las normas de Desarrollo Urbano, las cuales establecen, además, que todo cambio o destrucción de aceras debe ser autorizado por ese despacho, mediante permiso de construcción o visto bueno.
El interesado deberá presentar la solicitud respectiva ante el director, Isaías Bonilla, en la que indicará ubicación, área de la acera que va a ser ocupada, dimensiones y definir el uso que se le dará.
Asimismo, deberá pagar el impuesto respectivo, conforme lo establece el régimen impositivo Municipal vigente.
Agrega que todas las aceras deben quedar en línea paralela a la calle y al nivel superior del cordón, coincidiendo en altura y medida de las veredas colindantes, de manera que se garantice el fácil deslizamiento peatonal.
Destaca que las aceras que se construyan en una calle sin cordón deberán estar a nivel o por encima de la calle, de acuerdo con las indicaciones de la Dirección de Obras y Construcciones, organismo que verificará su cumplimiento, mediante la realización de inspecciones, requeridas para otorgar el permiso de ocupación.
Estas aceras no deben tener obstáculos como tinaqueros, letreros, bancas, postes eléctricos o impedimentos en salientes de edificios y los estacionamientos frontales podrán construirse después de las veredas, para que estas queden totalmente libres.
Establece que las aceras de los edificios ubicados en los sectores comerciales deberán medir, como mínimo, dos metros con cincuenta centímetros, tener un alero corrido y deberán ser revestidas de una superficie antideslizante.