La Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia declaró que no es ilegal la resolución de la ANAM que sancionó a la empresa Coca Cola de Panamá por un monto de B/. 300 mil por la contaminación de la Bahía de Panamá y la quebrada Vista Hermosa en el 2003.
La ANAM ordenó a la empresa limpieza y medidas de mitigación y compensación del daño ambiental.