Nación

Sancionan norma que castigará a invasores de terrenos inundables

Con la ratificación de la Ley 44 que modifica artículos del Código Penal, el Gobierno busca evitar que prospere la actividad de toma y luego venta de tierras que son propiedad privada.


Jason Morales (jmorales@epasa.com) / -

Datos

  • Propensos
  • Quienes sean expulsados sin un lugar donde hospedarse.
  • Negocio
  • Quien promueva, patrocine, financie, facilite, colabore o incite este tipo de delito, la sanción será de tres a seis años de prisión.
  • Inundables
  • Se considerarán así las áreas colindantes con quebradas, ríos o fuentes de agua.
  • Protegidas
  • La norma también protege las áreas propensas o vulnerables a riesgo de fenómenos naturales, zonas declaradas como área protegida, zonas de preservación ambiental y ecológica.
  • Adaptación
  • La adaptación estará contenida en el artículo 229-A que fue adicionada al Código Penal.

La Ley 44 que modifica artículos del Código Penal para castigar a quienes ingresen a terrenos privados, recibió ayer la sanción del Ejecutivo. Esta adaptación adiciona otros puntos para castigar a quienes ocupen zonas inundables en todo el país.

La adecuación contempla condenas entre uno a seis años de prisión para quienes insistan en invadir terrenos ajenos. No obstante, la medida podría causar conflictos al momento de su aplicación.

Dicha norma especifica también como infractores, a las personas que ocupen un terreno en áreas colindantes a quebradas, ríos u otras fuentes de agua. Además de las zonas ya declaradas como área protegida, o de preservación ambiental y ecológica.

“Es importante que ahora el Gobierno no expulse de forma inhumana a las personas que están en estos sitios”, mencionó el sociólogo Manuel Burgos, quien recomendó como paliativo activar las instituciones como el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (Miviot) y el Ministerio de Desarrollo Social (Mides), para reubicar lo más pronto posible a estos ciudadanos.

El especialista reconoció que era necesario poner un alto a quienes lucran con la necesidad de otros, sin embargo, señaló que no pueden dejarse a la intemperie a las familias necesitadas.

A su vez, la adaptación a la ley estipula que quienes promuevan, patrocinen, financien, faciliten, colaboren o inciten a este tipo de delito, recibirán una pena de tres a seis años de prisión. La modificación al Código Penal también ratifica el artículo 356 de la ley, por lo que ahora “el servidor público que, ilegalmente, rehúse, omita o retarde algún acto propio de su cargo, será sancionado con una pena de prisión que va de seis meses a un año”.

La adaptación estará contenida en el artículo 229-A que fue adicionada al Código Penal, la cual involucra garantizar la protección de las áreas reservadas para la construcción de sitios de obras públicas.

Para el dirigente de El Chorrillo, Héctor Ávila, la norma solo servirá para seguir condenando a más personas humildes, mientras que los delincuentes de cuello blanco siguen cometiendo delitos, destacó.

“No estoy de acuerdo con que las personas invadan terrenos privados, pero así mismo como se ha ratificado esta ley, desearía ver que se apliquen penas de forma integral a todos. Esto provocará más hacinamiento en las cárceles”, explicó el dirigente.


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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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