Nación

Sanciones por contratar a menores

Todo menor de 14 años no puede trabajar, ni siquiera para labores domésticas.


TODA persona que emplee a un menor de edad en trabajos considerados como peligrosos, será sancionada con multas que oscilan entre los 50 y 500 balboas, manifestó ayer la subdirectora nacional de Inspección del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (MITRADEL), Yara Trujillo.
Según la funcionaria, luego que el Gobierno Nacional aprobara mediante decreto ejecutivo la norma que prohíbe y sanciona el trabajo infantil peligroso, el MITRADEL se convierte en la entidad encargada de velar con el cumplimiento de esta norma.
De acuerdo con Trujillo, es necesario que las políticas de Estado en esta materia lleguen a aquellas familias donde se hace realmente necesario el aporte de los menores tal como ocurre con los indígenas.
El MITRADEL y organizaciones internacionales y las organizaciones no gubernamentales deben trabajar de manera conjunta, a fin de lograr que los menores no necesitan laborar, dijo.
  • Según estadísticas de la Contraloría General de la República, hasta el año 2000, la población económicamente activa de 5 a 17 años en Panamá era de 53, 800 personas.

  • De éstos, 40, 801 eran hombres y 12, 999 mujeres. Mientras que 18, 972 laboraban en el área urbana 34, 828 lo hacían en zonas rurales.

  • La población ocupada de 5 a 17 años, para el mismo periodo era de 47, 976. De éstos 36, 882 eran hombres.


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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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