Nación

Se podrán utilizar las fianzas de aseguradoras en procesos marítimos

Existía un hueco en la legislación que no contemplaba el uso de fianzas emitidas por aseguradoras como garantía en los juicios.


Domayko Olivares (domayko.olivares@epasa.com) / PANAMA AMERICA

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Ahora en los litigios marítimos podrán consignarse fianzas de compañías aseguradores, luego que se aprobara en tercer debate un proyecto de ley que modifica la norma que rige la materia.

El proyecto, que espera la sanción del Órgano Ejecutivo, fue presentado en enero por el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Alejandro Moncada Luna.

La iniciativa incluye en el artículo 103 de la ley que creó los tribunales marítimos la posibilidad de utilizar fianzas de compañías de seguros para consignar cauciones o depósitos procesales en esta jurisdicción.

Moncada Luna detalló que la normativa vigente ha traído grandes inconvenientes, tanto para operadores de justicia como para los profesionales del derecho que gestionan en los tribunales marítimos.

“En las restantes jurisdicciones propias del Órgano Judicial, se permite la utilización de las fianzas de compañías de seguros, no puede ser que la jurisdicción marítima sea la única que no prevé con claridad esta posibilidad”, detalló.

Ahora, con la aprobación del proyecto de ley 555, se establece que en caso de requerirse una caución, la garantía podrá consistir en dinero en efectivo, cheques certificados, títulos de deuda pública del Estado y fianzas de aseguradoras.


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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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