La Corte Suprema de Justicia dio un sobreseimiento a favor del ministro de Economía y Finanzas (MEF), Norberto Delgado, acusado del supuesto delito de peculado en el manejo de las partidas circuitales de la legisladora Teresita Yániz de Arias.
La decisión de la máxima corporación de justicia se produce luego que el Ministerio Público remitiera una vista fiscal, en donde solicitaba el sobreseimiento de Delgado tras estimar que no existe el caudal probatorio del delito de peculado por el manejo de los fondos públicos.
En el fallo se establece que no se configura el delito de peculado por aplicación pública diferente a los fondos estatales. Precisa que dentro del expediente se observa una nota de la Contraloría en donde se sostiene que es licito disminuir o racionalizar el gasto público, por lo que no es posible equipararlo a un delito de desviación de fondos públicos.
La legisladora Yániz de Arias presentó una denuncia contra el ministro Delgado bajo el argumento de que éste no ejecutó los desembolsos para la ejecución de los Proyectos de Desarrollo Social e Inversión Comunitaria correspondientes a las partidas circuitales de la legisladora.
Según la denuncia, el ministro Delgado al retardar la entrega de los fondos ha dado a los caudales públicos que administra una aplicación distinta de la que por ley fueron destinados. Esto, según la querellante, se produjo cuando se cumplía el primer cuatrimestre del año fiscal.
No obstante, durante el proceso judicial se presentaron una serie de funcionarios del MEF que certificaron que la Asamblea Legislativa y la Contraloría suscribieron un acuerdo de reglamentación interinstitucional de los proyectos de desarrollo social para ser utilizados en los circuitos electorales del país.
También se presentó como prueba favorable al ministro Delgado varios artículos de la Constitución Nacional, en donde el Ejecutivo por conducto del MEF tiene la atribución administrativa de efectuar disminuciones presupuestarias.