Nación

SPI violó unas 15 normas de su ley con represión

Su director, quien encabezó el incidente, fue nombrado para que investigue los abusos.


Los miembros del Servicio de Protección Institucional (SPI) que golpearon a un grupo de sobrevivientes y familiares de las víctimas mortales del envenenamiento en la Caja de Seguro Social violaron al menos 15 normas del Decreto Ley que rige la institución.
El artículo 13 del Decreto Ley 2 de julio de 1999 señala que los agentes del SPI tienen la obligación de "proteger la dignidad humana, respetar y defender los derechos humanos" y se les prohíbe realizar "cualquier práctica abusiva, arbitraria o discriminatoria que entrañe violencia física".
Este mismo artículo advierte que el SPI "está impedido de infligir, instigar o tolerar actos de tortura y otros crueles, inhumanos o degradantes".
Unos 30 miembros del Comité de Familiares por el Derecho a la Salud y la Vida, en su mayoría mujeres y hombres enfermos por haber ingerido medicamentos del Seguro envenenados con dietilenglicol, se enfrentaron el pasado jueves al SPI en los predios de la Presidencia de la República, molestos porque ninguna autoridad atendió sus reclamos.
Canal 13 captó a una treintena de miembros del SPI, toletes en mano, vestidos de uniforme negro militar y con boinas rojas, forcejeando con los manifestantes, mientras un agente le propinaba una patada en el vientre con sus botas a un joven, a quien después sometieron entre varios para arrestarlo.
Todo ocurrió frente al jefe del SPI, el ex militar José Gómez, a quien en diciembre de 1996 se le vinculó a una golpiza a detenidos de la desaparecida Cárcel Modelo. La Fiscalía Séptima de Circuito lo liberó de responsabilidad al no establecer si el entonces subdirector de la Modelo estuvo en el penal durante la paliza.
El artículo 14 de la Ley 2 plantea que el SPI, en el "ejercicio de sus funciones, está obligado, en todo momento, a auxiliar, proteger y brindar trato cortés a todos los nacionales y extranjeros que estén en Panamá". Más en
El SPI debe usar la fuerza cuando sea "estrictamente necesario".
Sólo hará uso de ella cuando tenga "fuertes indicios" de la comisión de un delito.
"En todo momento los derechos humanos deben respetarse".
"Se prohíbe" usar la vara policial en arrestos.


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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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