Según la SPIA, la Adenda 5 del contrato 98 que permite a Odebrecht encargarse del proyecto vial del Tramo Madden-Colón, tiene muchas inconsistencias.
"Recomendamos se demande, con fundamento en el Artículo 123, numeral 3, de la Ley 22 del 27 de junio de 2006, la nulidad absoluta de la Adenda 5 del contrato 98 que ha sido suscrito en abierta violación de la ley y con prescindencia absoluta de los procedimientos legalmente establecidos", advierte.
Entre las inconsistencias del proyecto plantean el denominado "monto total recuperable referencial", que otorga a la empresa brasileña una suma de dinero determinada por realizar la construcción de la carretera.
Recalca que es "una exageración, y por consiguiente, poco recomendable lo pactado en la cláusula quinta del Anexo B, mediante la cual el Estado adelanta al concesionario el 20% del monto total recuperable referencial, que suman 43.1 millones de balboas". Es decir, un monto que representa la facturación correspondiente a cinco meses, en el evento que la obra sea ejectuada en 24 meses conforme a lo pactado.
La Comisión Vial, encabezada por el ingeniero Nicolás Real, destaca que la Adenda 5 "no corresponde a un contrato de concesión administrativa, ni tampoco a un contrato de precio alzado (por cuanto el contratista no asume ninguna responsabilidad con respecto al valor final de la obra), ni menos es un contrato llave en mano".