TE aclara que es la única institución que puede aplicar Ley Electoral
La posición del Tribunal Electoral es que la medida tiene relación con el fallo que emitió la Corte Suprema de Justicia el 13 de mayo del 2010.
El Tribunal Electoral (TE) mediante una extensa nota dejó claro que esta institución es la única que por mandato constitucional puede reglamentar, interpretar y aplicar la Ley Electoral.
A juicio de la entidad electoral el proyecto 508 aprobado en su articulo uno se refiere a la postulación por parte de los partidos políticos a más de un cargo de elección popular.
La posición del Tribunal Electoral es que la medida tiene relación con el fallo que emitió la Corte Suprema de Justicia, el 13 de mayo del 2010, donde declara inconstitucional un artículo de un decreto de la propia institución que recogía la tradición panameña de permitir la postulación a más de un cargo de elección popular, pero si el candidato era proclamado en más de uno, debía escoger cuál ejercería.
Según el documento existen dos aristas sobre este caso; el primero establece que se basó en la obligación de tener que escoger entre las proclamaciones, y que estaba consignada en una norma reglamentada y no legal; la segunda establece que se mantiene el conflicto de intereses que tendría un candidato que es proclamado como alcalde y a la vez representante de corregimiento, al igual que en el caso de un candidato que fue proclamado presidente y a la vez como diputado. los conflictos de intereses atentan contra el principio de separación de los poderes, ya sea a nivel nacional o municipal.
La reforma propuesta excluye esa posibilidad para los candidatos de libre postulación con lo que se genera un fuero y privilegio que la hace inconstitucional.
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