En una decisión unánime los magistrados de la Sala Tercera de la Corte decidieron suspender, provisionalmente, el contrato para la construcción de un teleférico en el Cerro Ancón.
En la ponencia del magistrado Víctor Benavides se estimó que el contrato 112-04, suscrito entre la extinta Autoridad de la Región Interoceánica (ARI) y la empresa Guararé Teleférico S.A., viola la ley al no considerar al Cerro Ancón un área protegida.
Los magistrados señalan que se advierte la posibilidad de que los efectos del contrato ocasionen un perjuicio grave al ecosistema del Cerro Ancón.
También indican que es necesario tomar en consideración los planteamientos realizados por el Consejo Municipal y el Ministerio de Economía y Finanzas, contenidos en el Decreto Ejecutivo No. 104 de 22 de octubre de 2003, en donde se establece la gran riqueza de flora y fauna que hay en el Cerro Ancón.
A la vez revelan que este sitio se distingue como el lugar que sirvió de inspiración al fervor patriótico y que se ha convertido en un territorio histórico de la nacionalidad.
La construcción del teleférico también fue objetada por grupos conservacionistas que señalaron el peligro de acabar con la gran diversidad de flora y fauna existente en el lugar.
En su momento el alcalde del distrito de Panamá, Juan Carlos Navarro, también se opuso a la construcción del citado proyecto.