Nación

Terroristas utilizan instituciones de caridad

Durante el cónclave se debatieron diversos temas relacionados con el blanqueo de capitales.


Los terroristas utilizan instituciones de caridad y Organizaciones No Gubernamentales (ONG) como fachada para financiar sus actividades, dijo ayer en Panamá un oficial de la Policía Montada de Canadá.
Paul Richards, inspector de la Real Policía Montada de Canadá (RPMC), fue uno de los expositores durante la última jornada del IX Congreso Hemisférico para la Prevención del Blanqueo de Capitales, que terminó hoy en la capital panameña.
Richards subrayó que uno de los retos de la lucha antiterrorista es determinar cuáles son "aquellas instituciones de caridad que son legítimas y cuáles las que están lavando" dinero para financiar actividades terroristas.
Algunos indicios que pueden ayudar a los investigadores son que una o varias personas ocupen cargos simultáneos en diversas ONG o entidades de caridad, que éstas funcionen agrupadas en la misma dirección postal, o la frecuencia y montos de sus transferencias de dinero, refirió el oficial canadiense.
Las donaciones de grandes sumas en efectivo a esas instituciones de caridad también deben despertar sospechas, añadió.
Comentó que, además, la estructuración de grupos terroristas en "células hace que sean inmunes a la infiltración" de las fuerzas de seguridad.
Richards resaltó la importancia y los éxitos de la cooperación internacional en el combate del terrorismo, pero también señaló que la debilidad institucional o política de algunos países, como Somalia o Afganistán, dificulta esa colaboración.
El IX Congreso Hemisférico para la Prevención del Blanqueo de Capitales, organizado por la Asociación Bancaria de Panamá (ABP), comenzó el pasado miércoles, con la participación de unos 325 delegados de 17 países, entre banqueros, funcionarios y expertos.
Erasmo Pinilla, vicepresidente del Tribunal Electoral (TE), informó que toda persona que incurra en este delito será sancionado con 50 a 500 días- multas, según lo establecido en el artículo 344 del Código Electoral.


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198245
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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