Por tal razón, la decisión de la Dirección de Catastro y Bienes Patrimoniales del Ministerio de Economía y Finanzas, de ponerle punto final a esta polémica, es vista con buenos ojos por arquitectos e ingenieros de Panamá.
Panamá América pudo conocer que antes de Navidad el relleno debe ser retirado y las barandas deben ser colocadas en la avenida.
No obstante, el arquitecto urbanista Alberto Arosemena, señala que todavía la empresa Luna Brillante S.A. puede tratar de quemar su último recurso y consistiría en presentar una apelación en la Corte Suprema de Justicia, por lo que la polémica no termina hasta que el máximo tribunal falle.
Lo cierto es que frente a esta experiencia se debe evaluar lo sucedido para medir el alcance de las actuaciones de las entidades y personas involucradas en está situación. Según Arosemena, el único interés era la construcción de una vía para beneficiar un establecimiento comercial y no para mejorar el flujo vial como se planteaba.
Por tal razón, antes que se realicen obras de esta magnitud se deben hacer consultas ciudadanas, invitar a los gremios profesionales que tengan que ver con urbanismo como arquitectos, miembros de la SPIA, y el Ministerio de Vivienda (MIVI), entidad rectora del urbanismo en Panamá, a participar.
Además urge consolidar un proyecto que tiene varios años de estar trabajándose y consiste en crear una Autoridad Urbanística adscrita al MIVI, cuyo objetivo sería estudiar y analizar la problemática urbana de la ciudad de Panamá. Así como supervisar proyectos antes y durante la ejecución para evitar casos como el de Prado del Este y la rampa, entre otros.
Con la construcción de la Rampa se violaban disposiciones del Ministerio de Vivienda (MIVI), específicamente la Resolución N° 124-94 del 18 de agosto de 1994.
El artículo 1 declara zona restringida el área del litoral comprendida desde el inicio de la Avenida de Los Poetas, incluyendo el Casco Antiguo, hasta la desembocadura de Río Abajo. Así como el artículo 2 prohíbe construcciones que obstruyan la vista de la bahía dentro del perímetro del área del litoral.