E l carácter reservado de los procesos patrimoniales, la prescripción de la acción de cuentas en un plazo de 10 años y la designación del Fiscal de Cuentas por el Órgano Ejecutivo, son aspectos del proyecto de ley del Tribunal de Cuentas que prometen levantar polémica.
Una vez entre en funcionamiento este organismo, que se encargará de los procesos patrimoniales que lleva la Dirección de Responsabilidad Patrimonial (DRP), los escándalos de corrupción (lesiones patrimoniales) en el Gobierno pasarán inadvertidos para la ciudadanía hasta que finalice el caso.
El Artículo 20 del proyecto de ley, que el Ejecutivo presentará al pleno de la Asamblea Nacional en marzo próximo, advierte que ?todos los procesos que adelante el Tribunal de Cuentas serán reservados? y solo tendrán acceso a ellos las personas involucradas, sus abogados o los pasantes autorizados por éstos.
Acceso restringido. Esto significa que los ?informes preliminares? de las auditorías serán de acceso restringido y en caso de ser publicados en un medio de comunicación, el proceso podría quedar ?nulo? por la violación del debido proceso.
Para Oscar Vargas, magistrado presidente de la DRP, esto no es nuevo porque la actual legislación que rige la entidad señala que los procesos son reservados.
Incluso, mencionó Vargas, la Ley de Transparencia y de Habeas Data advierten que los casos que adelanta este organismo son restringidos.
Aunque el proyecto no precisa el grado de relevancia de los casos, el magistrado Vargas aseguró que el documento hace referencia a ?los procesos que tienen mayor trascendencia en los medios?.
Fiscal de Cuentas. El Órgano Ejecutivo nombrará por un periodo de diez años al Fiscal de Cuentas, quien deberá instruir la investigación patrimonial, una vez que la Contraloría formule reparos en las cuentas de los empleados de manejo.
Este mecanismo no fue bien visto por dirigentes de la oposición, máxime cuando se tiene previsto aprobar la iniciativa en un año preelectoral.
A juicio de Ricardo Martinelli, presidente de Cambio Democrático, con esta propuesta el Gobierno busca colocar a personas allegadas al poder para que no se investiguen las lesiones patrimoniales de los actuales funcionarios.
"Es una entidad creada a la medida del Partido Revolucionario Democrático", apuntó Martinelli.
Según el proyecto, el Fiscal de Cuentas no podrá ser parte de la autoridad nominadora ni de la autoridad que ratifica.
Lesión patrimonial prescribirán en 10 años
El Artículo 85 del proyecto de ley estipula que todos los procesos por lesión patrimonial prescribirán en un plazo de diez años.
Este periodo comenzará a contarse desde el momento en que ocurrieren los hechos que constituyen la lesión patrimonial en contra del Estado.
Solo se interrumpirá el plazo de la prescripción de registrarse la primera diligencia escrita por razón de un examen, una auditoría o una investigación, concluida o aún sin concluir, iniciada por la Contraloría.
Según expertos en la materia, un caso que encaja con esta figura es el escándalo del presunto cobro de “coima” con los puentes Mabey durante el Gobierno del ex presidente Ernesto Pérez Balladares.
Al respecto, el magistrado Vargas explicó que el término es igual al Código Fiscal.
“En diez años es casi imposible que la Contraloría no haya determinado una lesión patrimonial”, recalcó el funcionario, tras aclarar que para algunos el tiempo resulta breve.