Skip to main content
Trending
Panamá Oeste: Minseg respalda posible toque de queda en Veracruz pero aclara que depende del municipioDivisa: Alumnos y docentes del INA velarán por la seguridad del plantel junto a estamentos de seguridadAlejandro Pérez cuestiona independencia de Rubén Blades y pide a Blandón no meterse en los asuntos de RMIfarhu espera luz verde de la CA para permitir a becados de concurso y excelencia retirar dineroIMHPA advierte sobre desenfreno en perforación de pozos y el riesgo de desabastecimiento en el río La Villa
Trending
Panamá Oeste: Minseg respalda posible toque de queda en Veracruz pero aclara que depende del municipioDivisa: Alumnos y docentes del INA velarán por la seguridad del plantel junto a estamentos de seguridadAlejandro Pérez cuestiona independencia de Rubén Blades y pide a Blandón no meterse en los asuntos de RMIfarhu espera luz verde de la CA para permitir a becados de concurso y excelencia retirar dineroIMHPA advierte sobre desenfreno en perforación de pozos y el riesgo de desabastecimiento en el río La Villa
  • Actualidad
    • Política
    • Sociedad
    • Judicial
    • Provincias
    • Mundo
    • Aldea Global
    • Sucesos
  • Opinión
    • Columnistas
    • Confabulario
    • El Pulso
    • Trazo del día
    • Doña Perla
  • Economía
  • Variedades
  • Deportes
  • Tecnología
  • Multimedia
    • Videos
  • Especiales
  • e-PAPER
  • Contenido Premium
  • Recetas
  • Cine
Panamá América Panamá América
Inicio

Nación / ¿Tribunales ad hoc o Nuremberg?

1
Panamá América Panamá América Domingo 27 de Septiembre de 2026
  • Secciones
  • Actualidad
  • Opinión
  • Economía
  • Variedades
  • Deportes
  • Tecnología
  • Multimedia
  • videos
  • premium
  • e-papper
  • mis noticias
  • x
  • Mi cuenta
  • Mi perfil
  • Mis Noticias
  • Prémiate
  • Mis boletines
  • Seguridad
  • x
  • Notificaciones
  • videos
  • premium
  • e-papper
  • mis noticias

¿Tribunales ad hoc o Nuremberg?

Publicado 2020/09/18 00:00:00
  • Silvio Guerra Morales
  •   /  
  • opinion@epasa.com
  •   /  

La investigación y el juzgamiento de una o más personas, inmersas en un proceso penal, a como cualquier otro tipo de juzgamiento, no es algo que puede, respecto a sus reglas y normas que lo regulen, ser sacadas de la manga o que, de una u otra manera, se fijen reglas y métodos posteriores al nacimiento de la investigación penal. Una de las normas pilares y que hace, entre otras, a la esencia del debido proceso, es la figura del juez o juzgador natural. ¿Quién es el juez natural? Sencillo: Se trata del juez que ha sido designado, nombrado, dicen los autores, conforme a las normas constitucionales y a la Ley. No pueden, siendo así las cosas, estatuirse tribunales o jueces ad hoc (Para un fin específico). Si existe un proceso y un procedimiento previo, también debe existir un juez o tribunal previo.

Los monopolios del Estado, en lo que toca al proceso penal, se desdobla en dos vertientes: a. Solo se realiza el proceso o juzgamiento que fija o prescribe el Estado por medio de la Ley y esta adecuándose a los estatutos constitucionales; y b. Solo el Estado puede juzgar. Estos monopolios adquieren, sin duda alguna, mayor importancia y relevancia en el plano del juzgamiento penal.

Encuentra más noticias de Panamá América en Google

Elígenos como fuente preferida y accede más fácilmente a nuestras noticias cuando busques información en Google.

De modo que, ninguna persona puede verse inserta en un proceso penal o en una investigación de la misma naturaleza, creyendo que la estructura del proceso penal se encuentra ya, previamente establecida o definida en la Ley (cesura del proceso), y luego, para su sorpresa, se encuentra conque se le ha alterado o cambiado, ya no tan solo las reglas y normas del proceso, sino que aparece un juzgador que no es el juez natural o constitucional, es decir, aquel que ya existía de manera anticipada o previa, al momento del inicio de la investigación penal o del proceso penal en su contra.

Tal cosa, para sorpresa de abogados litigantes y de legos, es lo que ha acontecido con la designación de los llamados jueces de liquidación penal y, más aun, con la designación o conversión del Juzgado Décimo Octavo Penal del Primer Judicial de Panamá en Juzgado Tercero de Liquidación Penal, al cual se le han atribuido el juzgamiento de los llamados casos de alto perfil: New Business, Odebrecht, Blue Apple, Jal, etc.

La pregunta que surge de inmediato es la siguiente: ¿Y por qué un juzgado determinado o específico y no someter a reparto, tal y como lo dispone previamente la Ley, conforme se encontraba distribuida la justicia ordinaria, al iniciarse los procesos penales, en su etapa de investigación, la competencia o el conocimiento para el juzgamiento de tales casos?

En realidad todo esto resulta muy extraño. En lo personal, no logro entender o no encuentro la razón objetiva que pudiera justificar la designación de la juez tercera de liquidación penal para que juzgue y conozca de estos casos que demandan objetividad, transparencia, imparcialidad, independencia de criterios, solvencia moral y, sobre todo, compromiso con la justicia objetiva y no selectiva.

Durante todos los años del pasado gobierno, los abogados penalistas y no penalistas tuvimos que enfrentar los desastres de una justicia selectiva que miraba a unos y a otros no. Lo peor: Que los que miraba se les inventaron, en no pocos casos, procesos amarillos. Sin embargo, esa misma justicia, era indiferente cuando se trataba de denunciar o acusar a uno de los allegados al "círculo cero" del poder político; pero hoy, cuando se pensaba que el estado de cosas ha cambiado, que se había acabado la nefasta persecución de la cual toda la población fue testigo, unos directos y otros observadores, la realidad nos grita en la propia cara que, al parecer, todo sigue siendo igual, que nada ha cambiado.

Ningún juez, designado ad hoc, para el juzgamiento de un caso, debería arriesgarse a atender, sin soslayar las consecuencias jurídicas, una causa penal, máxime cuando sabe, en lo más profundo de su conciencia, que no ha sido nombrado ni designado conforme a la Constitución ni a la Ley y que, aun cuando juzgue, sus decisiones estarán viciadas de nulidad absoluta. Los jueces ad hoc, los tribunales ad hoc, son inconstitucionales y han sido proscritos. La legislación interna como las convenciones los prohíben. A nivel del derecho internacional la figura del juez ad hoc existe, pero con una significación totalmente distinta: Derecho de un Estado a designar un juez para que forme parte de un tribunal internacional.

Los Estados de derecho no pueden, bajo ningún concepto, apegarse a la teoría nurembergista (Tribunal de Nuremberg o de Tokio). Una cosa es la lucha contra la impunidad y otra el debido respeto, irrenunciable, a la plena vigencia del debido proceso. ¡Dios bendiga a la Patria!.

Google noticias Panamá América

Para comentar debes registrarte y completar los datos generales.

Clasiguía

Últimas noticias

Las declaraciones del ministro Frank Alexis Abrego se dieron al finalizar el Diálogo por la Seguridad Ciudadana, realizado este sábado en los terrenos de la Feria Internacional de La Chorrera. Foto. Eric Montenegro

Panamá Oeste: Minseg respalda posible toque de queda en Veracruz pero aclara que depende del municipio

La comunidad educativa espera que el programa “Escuela Vigilante” permita mantener un ambiente más seguro en Divisa.

Divisa: Alumnos y docentes del INA velarán por la seguridad del plantel junto a estamentos de seguridad

Alejandro Pérez cuestiona independencia de Rubén Blades y pide a Blandón no meterse en los asuntos de RM

Carlos Godoy dijo que con las tarjetas se puede hacer una trazabilidad de los usos.

Ifarhu espera luz verde de la CA para permitir a becados de concurso y excelencia retirar dinero

Luz Graciela de Calzadilla sustentó el presupuesto del IMHPA para el 2027.

IMHPA advierte sobre desenfreno en perforación de pozos y el riesgo de desabastecimiento en el río La Villa




Panamá América
  • Siguenos en:
  • videos
  • premium
  • e-papper
  • mis noticias
Buscar
Mapa del sitio
Clasificados
Publicidad
Grupo EPASA
Crítica
Día a Día
Mujer
Cine
Recetas
Impresos

Miembro de:

Miembro del PAL
Sociedad de prensa
Grupo EPASA

Todos los derechos reservados Editora Panamá América S.A. - Ciudad de Panamá - Panamá 2026.

Prohibida su reproducción total o parcial, sin autorización escrita de su titular.

Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios y mostrarle publicidad relacionada con sus preferencias mediante el análisis de sus hábitos de navegación. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Puede cambiar la configuración u obtener más información "aquí".