El corregimiento de Curundú es popular por su elevado índice de violencia y pobreza, pero tiene su cara positiva: las instalaciones del nuevo centro de salud.
Contrario a lo que muchos piensan, esta instalación está conformada por varios departamentos entre los que se incluye: ginecología, odontología, pediatría, cuarto de urgencias, entre otros.
Presumiblemente, la introducción de un periodo perentorio e improrrogable para prestar esta declaración estuvo motivada por la idea de darle un tono más coercitivo a esta obligación. Las noticias emanadas de la Contraloría en los últimos días dicen que sólo un 20% de los actuales funcionarios sobre los cuales pesa este deber ha cumplido, pero no se dice nada de los que ya no son funcionarios y aún no han aclarado sus cuentas con el Estado panameño como lo manda la Carta Magna. Probablemente ésta sea una de las normas más violadas de la actual Constitución. La razón es muy sencilla: mientras no haya una consecuencia desagradable a su incumplimiento, los seres humanos no encontrarán necesario cumplirla. La reforma constitucional introducida el año pasado no abordó la cuestión y los registros que he consultado no indican que ni siquiera haya sido discutida su reforma, pese a que la realidad de su falta de aplicación indica que ciertos cambios son necesarios.
¿Qué cambios? No tengo espacio hoy para discutir aquí cuál es la sanción que se debe imponer ante el incumplimiento, pero no puedo terminar sin afirmar que mientras no haya algún tipo de sanción y de carácter grave, esta disposición seguirá siendo ignorada impunemente como hasta ahora. En una próxima entrega discutiré que cambios son recomendables.