El Tribunal Electoral de Panamá (TE) declaró la nulidad de las resoluciones de la Comisión Política del Movimiento Liberal Republicano Nacionalista (MOLIRENA), que impedía la participación de la nómina amarilla en las elecciones para escoger delegados en Soná, Muná, Arraiján, Cañazas y Los Santos, por tanto ordenó a la Comisión Nacional de Elecciones (CNE) que admita la participación de la nómina amarilla en las elecciones que deberán ser convocadas próximamente.
La decisión de los magistrados del TE dan a las fuerzas que respaldan al primer vicepresidente de la República, Arturo Vallarino, un punto de apoyo importante en sus pretensiones de lograr la presidencia del colectivo.
Luego de una prolongada audiencia donde a juicio del fiscal Electoral, Gerardo Solís, salieron a relucir "bellezas espantosas" cometidas por la Comisión Nacional de Elecciones, los magistrados del TE deliberaron por más de 20 minutos para concluir en que la nómina amarilla que apoya al vicepresidente Vallarino puede participar en las elecciones que están pendientes.
A Dennis Allen Frías, quien actuó como magistrado ponente, le correspondió leer el fallo que en una de sus partes sostiene que la CNE del MOLIRENA decidió impedir la participación de la nómina amarilla en los distritos citados, porque a su juicio consideró insubsanables los errores presentados que eran el no haber presentado la nómina completa.
Sin embargo, la CNE sí permitió a la nómina azul que subsanara la falta de un suplente en la postulación en el distrito de Las Tablas y a otras nóminas se les permitió que reemplazaran personas que no estaban inscritas en el partido.
El fallo del TE sostiene que la exigencia de la CNE de que los partidos deben presentar nóminas completas para participar en las elecciones es una "interpretación errónea" de su parte.
A juicio de los magistrados del TE, hay evidencias de que la CNE trató a la nómina amarilla de forma discriminatoria y antidemocrática, violando el Código Electoral y el derecho de dicha nómina de participar en la contienda en igualdad de condiciones.
Aunque el TE reconoció el derecho que tiene la CNE de realizar los cambios pertinentes al reglamento de elecciones, también hace énfasis en que los cambios que afectaron el número de delegados, y a tan pocos días para el cierre de presentación de nóminas, constituyó una "falta de garantías" en el desarrollo del proceso electoral, particularmente cuando las modificaciones no recibieron la misma divulgación que el reglamento original.
Uno de los puntos que sustentó el presidente de la CNE y representante del MOLIRENA, Rubén Elías Rodríguez en su alegato, fue que el TE entregó con atraso el Padrón Electoral que sirvió de base para las elecciones de convencionales del MOLIRENA, a lo que el fallo del organismo refuta que si ello fue así, la CNE debió posponer la fecha de las elecciones para explicar los cambios al reglamento.
Aunque no formó parte de los puntos para sustentar el fallo, el TE considera que la integración de un CNE donde sus miembros eran candidatos dentro de una de las nóminas, demuestra que esta situación presenta "conflictos de intereses" y es violatoria al Código Electoral, lo que se constituye en una "grave irregularidad".
Aunque el magistrado Allen aclaró que contra el fallo cabe un recurso de reconsideración, el representante del MOLIRENA, Rubén Elías Rodríguez enfatizó que no presentarán recurso alguno y que la CNE procederá a fijar la fecha para las elecciones tan pronto quede ejecutoriado el fallo del TE.
El alegato de la parte impugnante (amarilla) estuvo a cargo del jurista Raúl Rodríguez, en tanto que el alegato de la parte impugnada (roja) fue responsabilidad de Rubén Elías Rodríguez.
El fiscal Electoral, Gerardo Solís, hizo hincapié en las múltiples irregularidades que cometió la CNE en perjuicio de la nómina amarilla y consideró que la misma actuó por una "fuerza superior" y que adicionalmente la participación de sus miembros como candidatos de la nómina roja ha sido el cáncer que ha viciado este proceso.
A juicio de Solís, la actitud asumida por los organismos internos del MOLIRENA ha discriminado arbitrariamente a la nómina amarilla poniéndole en tal situación de desventaja que le hacen imposible su participación en las decisiones políticas locales en los cinco distritos que se están considerando.
El presidente de la CNE, Rubén Elías Rodríguez, sostuvo que tan pronto se notifique a los abogados y quede ejecutoriada la resolución del TE, el organismo de elecciones fijará la fecha de las nuevas elecciones y admitirá las nóminas.
Luego del fallo, Rodríguez recordó que la CNE ya había decidido permitir la participación de la nómina amarilla, por tanto no había necesidad de enfrentar "un acto tan agotador" para llegar a una misma conclusión.
Rodríguez manifestó que respeta el fallo del TE, pero aclara que se crearon situaciones que no fueron comprobadas en el expediente y al mismo tiempo advirtió que lo sucedido le debe servir a los demás partidos de cómo se suspenden decisiones internas de los partidos por disposiciones de "orden mercantil".
Irlena Brown, en representación de la nómina amarilla, estimó que el fallo del TE constituye un triunfo para la democracia y también para todos los miembros del partido.