Nación

Zúñiga, Galindo y Alemán sugirieron a Odio


Fueron los integrantes de la Corte Panameña de Arbitraje, integrada por Carlos Iván Zúñiga, Mario Galindo, Miguel Moreno y Roberto Alemán, quienes recomendaron la designación de la abogada costarricense Elizabeth Odio, para ocupar un cargo en la Corte Penal Interamericana (CPI), reveló Elías Levy, presidente de la Comisión de Relaciones Internacionales del Colegio de Abogados.
Reveló que el gremio analizó la reglamentación que rige la designación de los magistrados de la CPI y llegó a la conclusión que el método utilizado en el caso de Panamá, ha sido "el menos transparente".
Según Levy, los estatutos de la CPI también establecen otro método para designar a los magistrados, que es el mismo que se utiliza en Panamá para la designación de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia. Este método es el de la designación a través del Ejecutivo y la ratificación por medio de la Asamblea Legislativa.
Levy aclaró que el método utilizado es legal, pero carente de transparencia, ya que al Colegio de Abogados, que es el máximo organismo colegiado de juristas, no se le consultó la posibilidad de emitir una opinión sobre este tema.
Por otra parte, la postulación de la jurista costarricense coloca a Panamá como un país con liderazgo internacional en la consolidación de una justicia con equidad de género, consideró la Concertación Interamericana de Mujeres Activistas por los Derechos Humanos (CIMA).
Estas empresas se constituirán como sociedades anónimas y se regirán por las disposiciones de la ley de sociedades anónimas y por el Código de Comercio. Sin embargo, la ACP es un ente público y no una sociedad anónima. Posee beneficios que no tienen las empresas privadas como: "no pueden haber huelgas, no paga impuestos sobre la renta, no puede ser secuestrada".
En reciente entrevista concedida a El Panamá América Manuel Benítez, director de Servicios Industriales de la ACP aseguró que la participación de esta entidad ha contribuido a mejorar los precios del mercado eléctrico.
Benítez explicó que en un mercado hay tendencias naturales a limitar la competencia y formar barreras de entrada porque en la medida que no existan competidores, se puede mejorar la utilidad y rentabilidad. A juicio del ingeniero no resulta extraño la actitud de las empresas generadoras que ven en la ACP una empresa estatal diferente. Incluso, - dijo- tienden a argumentar que la ACP tiene ventajas sobre sus competidores porque no paga impuestos sobre la renta ni impuestos municipales y creen que pueden presentarlo para limitar su participación en el mercado.
El Ente Regulador de los Servicios Públicos (ERSP) cuando fija la tasa de rentabilidad de todas las empresas reguladas (ETESA, EDEMET-EDECHI, ELEKTRA) lo hace antes de impuesto sobre la renta" explicó.
El Ente Regulador de los Servicios Públicos (ERSP) certificó a la ACP como autogenerador de energía eléctrica el 31 de diciembre de 1999 como una central termoeléctrica y dos centrales hidroeléctricas con capacidad de 166,206 KW.


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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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