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Alternativas a las inversiones del Seguro Social


En atención a gentil invitación de los directivos de la Editora Panamá América, nos permitimos compartir con los estimados lectores, algunas reflexiones sobre el tema del Seguro Social, con la idea de promover dentro de una sociedad plural que merece estar mejor informada al respecto, un debate de ideas, sin imposiciones ni manipulaciones. El artículo 36 de la Ley Orgánica de esta institución, al señalar las características y condiciones de las inversiones de los fondos de la misma, establece muy sabiamente que dichas inversiones deben hacerse en las mejores condiciones de seguridad, rendimiento y liquidez, pero además con muy buen criterio indica que esas inversiones deben ser de carácter productivo y propender al desarrollo económico y progreso social del país. Lo anterior no es un enunciado romántico ni una simple declaración lírica, sino que tiene un profundo significado en cuanto al papel que debe jugar esta institución de seguridad social en la sociedad panameña.
Recordemos que las instituciones de seguridad social se encuentran íntimamente relacionadas con las condiciones del mercado de trabajo, ya que en la medida en que exista mayor actividad y empleos, debe haber por ende más personas que coticen y más ingresos para la institución. En la medida en que las inversiones de sus fondos se den en condiciones de seguridad y produzcan más dividendos y a su vez, propendan al desarrollo económico y progreso social del país, no sólo es la Caja de Seguro Social (CSS) la que se beneficia, sino que hay un aporte a reactivar nuestra economía y promover posibilidades de mayores plazas de empleo.
Dentro de ese espíritu y dentro de ese planteamiento, la actual Administración de esa institución de seguridad social presentó en el año 2001 ante la Comisión de Inversiones de la Junta Directiva, un informe (DNF-1-001-2001), donde se recomendaban diversas alternativas de inversión, pensando siempre en la reactivación de la actividad económica del país y atendiendo a las reducciones de las tasas de interés por parte de la Reserva Federal de los Estados Unidos, lo cual obviamente afectaría y tendría un impacto negativo en los depósitos a plazo fijo de la institución. En ese sentido se propuso que se dispusiera de B/.200 millones en depósito a plazo en el Banco Nacional de Panamá, ya sea para que fueran colocados a través del sistema bancario panameño (actuando en operaciones de re descuentos) o bien, destinando fondos para el financiamiento de proyectos en sectores como vivienda, turismo, la pequeña y mediana empresa, infraestructura agrícola y construcción, entre otros. Para esos fondos, la CSS solicitaría una tasa de interés no menor de 8% anual y el financiamiento sería a largo plazo.
El 21 de febrero de 2001, la Comisión de Inversiones de Junta Directiva evaluó dicho informe y lo presentó al pleno de la misma. Por razones que todavía desconocemos este punto antes mencionado, a pesar de ser aprobado como parte del Informe de la Comisión de Inversiones, nunca fue ejecutado, con lo cual creemos que se desaprovechó una magnífica oportunidad para cumplir en su totalidad con los presupuestos y condiciones que plantea el artículo 36 de la Ley del Seguro Social, beneficiando por igual a la institución y reactivando la actividad económica del país, apoyando el financiamiento de proyectos diversos que crearían e incentivarían empleos que tanto se necesitan.
Hay algunos sectores que han sugerido que los fondos de la Caja de Seguro Social se inviertan en compra de bonos a descuento de la República de Panamá (deuda externa). Inclusive, el Informe de la Comisión de Inversiones antes citado, incluía entre las propuestas que en su momento se aprobaron por la máxima instancia de la institución, que no es la Dirección General, que se destinaran B/.200 millones con esa finalidad. Tampoco sabemos las razones por las cuales dicha propuesta no se concretó, pero leyendo hace poco un ejemplar de la revista “Estrategia & Negocios” correspondiente al mes de abril de este año, nos encontramos con un artículo de Edgardo Ayala titulado “Tiempo de vacas flacas” y que se refiere al modelo privado de pensiones que existe en El Salvador desde 1999 y, entre otras cosas, aborda el tema de que las Administradoras del Fondo de Pensiones no deben concentrar tantas inversiones en títulos públicos o emisiones del Gobierno.
En ese sentido se señala en el artículo que de un 99.5% del portafolio invertido en títulos de renta fija, 80% son emisiones del gobierno y el 20% restante corresponde a bancos, y se manifiesta la inquietud de los ejecutivos de las compañías y de funcionarios de ese país, de tan alta concentración de títulos públicos, ante una eventual sacudida financiera, lo cual llevaría a un colapso del sistema, tal cual ocurrió en Argentina recientemente. Se comenta en el citado artículo que la alta concentración en papeles del Estado conlleva una paradoja, ya que cuando se gestaba el nuevo modelo se dijo que para bien de los ahorristas, era mejor que las pensiones las manejaran las Administradoras de Fondos de Pensiones y no el Gobierno, pues así se eliminaba cualquier riesgo producto de turbulentas políticas. Sin embargo, ahora que cuentan con un sistema privado, el dinero de las pensiones ha ido a dar de todos modos al Estado, cuando lo que se requiere es diversificar el riesgo y romper la concentración.
En el caso del Seguro Social de Panamá, además del artículo 36 antes mencionado, en el artículo 37 de la Ley Orgánica se señala en su literal b) que se puede invertir en bonos del Estado, pero esa inversión no debe ser superior al 60% de las reservas de la institución. En la actualidad, la institución tiene inversiones en Bonos del Estado por cerca de 35% de sus reservas y debemos volver a recalcar que el mandato que señala la misma ley en el artículo 36, condiciona que la inversión de los fondos de esta institución, no solamente debe ser en condiciones de seguridad, rendimiento y liquidez, sino que deben tener un carácter productivo y propender al desarrollo económico y progreso social del país.
De otra manera no tendría sentido o razón de ser del Seguro Social, y quizás pudiera confundirse con otro tipo de empresas que hacen más énfasis en un concepto particular sin atisbos solidarios. En lo particular creemos que más desarroaaallo y progreso al país se logra, dado que se promueven empleos y a la vez se reactiva la economía, por la vía de financiar proyectos para la pequeña y mediana empresa, turismo o vivienda por citar algunos, que por la vía de copar o llenar al Seguro Social hasta el tope del 60% de sus reservas comprando deuda externa, que es muy posible que sea en condiciones de seguridad, rendimiento y liquidez, pero olvida la parte final del artículo 36 que obliga a la seguridad social a que esas inversiones de sus fondos, sean de carácter productivo y propendan al desarrollo económico y progreso social del país.
Espero que alguien me explique cómo esto último se puede cumplir comprando deuda externa, sin el riesgo de que ante la opinión pública no se vea a la institución como la caja menuda de los gobiernos de turno. Creemos que esa no fue la visión ni la idea de quienes la crearon hace 63 años.

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