Armamentismo y regresando al pasado
"La seguridad ciudadana e inviolabilidad territorial de nuestra república es un tema de Estado tan delicado y trascendental, que no debemos dejar su solución únicamente en manos de los políticos que gobiernan. Mientras éstos pasan y desaparecen, sus improvisaciones, errores e imprudencias inconsultas perduran, los que causan daños y perjuicios a la Nación y nos comprometen a todos en el transcurrir del tiempo."
Desde 1903 hasta 1989, la Fuerza Pública panameña, indistintamente como se le denominase durante esos primeros 86 años de vida republicana, representó en nuestra historia política, la sede del "Poder Real". En consecuencia, esta institución siempre fue piropeada, cortejada, halagada y hasta seducida por los políticos más influyentes de la época, denominados entonces, ya agrupados en contubernio, como "la oligarquía" panameña, los que no tenían ninguna duda sobre dónde se posaba el poder real en el país y en manos de quién estaba. De manera tal que, durante aquellos años donde ocurrieron, a partir del 2 de enero 1931, varios derrocamientos y golpes de estado entre estos mismos políticos que conspiraban infiltrados y escudados desde la penumbra de los cuarteles, y desde allí sin presentar sus rostros, impulsaban el brazo y puño de la Fuerza Pública del que se servían, para golpear y someter a sus adversarios. Y finalmente, aquel largo período marcado con episodios de inestabilidad política, culmina y se extingue con el golpe militar de octubre de 1968, el único que realmente fue gestado e incubado desde las entrañas mismas de la institución castrense, entonces Guardia Nacional.
La excesiva concentración de fuerza y poder en los hombros de aquellos comandantes de antaño por disposiciones constitucionales, fomentaba una competencia espontánea por el poder en la República, naturalmente con marcadas ventajas contra los presidentes constitucionales de turno. Este desequilibrio del poder institucionalizado, se inició con el nacimiento de Panamá, mucho antes que cuando los compatriotas que llegaron a ser después comandantes, José A. Remón, Bolívar Vallarino y Omar Torrijos, por mencionar sólo a los más antiguos, eran entonces mozalbetes de pantalones cortos y otros no habíamos nacido.
Al transcurrir el tiempo, ya en la década del ‘90, los dos primeros gobiernos democráticos que surgieron pos la invasión de las tropas norteamericanas, encabezados por los ex presidentes Endara y Pérez Balladares, introducen saludables enmiendas a la Constitución Nacional, entre ellas, los artículos 300 y 305. El primero, que introduce la "carrera policial", al abolirse en las mismas reformas la "carrera militar"; y el 305 que propicia alivio y desconcentración de la excesiva fuerza en los jefes de la Fuerza Pública, como ya era tradición, al ordenar el mismo que la institución castrense quedaría integrada en lo sucesivo por ramas de servicios policivos con "mandos y escalafones separados", y todos éstos a órdenes del Jefe del Órgano Ejecutivo, quien los empleará dentro del marco constitucional. Es decir, este mandato perseguía y garantizaba el equilibrio, balance, peso y contra peso en la Fuerza Pública, ¡precisamente donde más se requiere, porque allí están las armas!; y se asienta nuestro sistema democrático, como base, soporte y anclaje seguro e inamovible del sistema político nacional.
Sin embargo, los mismos ex presidentes que propiciaron estos novedosos y convenientes artículos, quizás influenciados por el presidencialismo y tendencia hacia los controles absolutos del poder, fueron los primeros en desconocerlos, mediatizando su implementación a sus conveniencias.
En la Ley No. 18 del 3 de junio de 1997, que reglamenta la creación de la Policía Nacional, los legisladores violaron el Artículo 300 que reconoce la Carrera Policial, al trascender por las actuaciones de los gobernantes y ratificado en un fallo político y no legal de la Corte Suprema, que los panameños que abrazan esta carrera profesional, son los únicos que no pueden aspirar por antigüedad, profesionalismo y méritos, alcanzar a ser los jefes de la institución, como sí ocurre con todas las demás carreras públicas. Esta realidad discriminante, ha dado cabida a la figura del Director, conocido más bien como "Interventor" o Jefe civil, representado por un político de los partidos gobernantes.
Esta práctica, además de sacrificar la eficiencia de los servicios policivos, provocar desgano, fuga de talentos, improductividad y baja moral de los oficiales discriminados, presenta el peligro de mantener el componente más importante de la Fuerza Pública y "pasador de seguridad de todo el sistema", bajo el control absoluto de un partido político al margen de la institucionalidad del país como debería ser.
Por otra parte, aunque el Artículo 305 indica en sus párrafos 2 y 3, la necesidad de crear una ley para organizar la rama con mando y escalafón separado que velará por la seguridad de nuestras fronteras y espacios jurisdiccionales de la República de forma temporal (en la frontera colombiana esta temporalidad es permanente), el ex presidente Pérez Balladares acomodó el artículo y organizó esta rama a sus conveniencias políticas, como una sección importante en el organigrama de la Policía Nacional, manteniendo la supremacía y el desbalance del poder de las armas a su favor, bajo el control directo de su jefe de confianza, el director de la Policía Nacional. Esta violación constitucional en la práctica se ha profundizado e"institucionalizado", esta vez con la aprobación y amparo tácito de la señora presidenta Moscoso.
Continuará mañana en segunda y última entrega.
Desde 1903 hasta 1989, la Fuerza Pública panameña, indistintamente como se le denominase durante esos primeros 86 años de vida republicana, representó en nuestra historia política, la sede del "Poder Real". En consecuencia, esta institución siempre fue piropeada, cortejada, halagada y hasta seducida por los políticos más influyentes de la época, denominados entonces, ya agrupados en contubernio, como "la oligarquía" panameña, los que no tenían ninguna duda sobre dónde se posaba el poder real en el país y en manos de quién estaba. De manera tal que, durante aquellos años donde ocurrieron, a partir del 2 de enero 1931, varios derrocamientos y golpes de estado entre estos mismos políticos que conspiraban infiltrados y escudados desde la penumbra de los cuarteles, y desde allí sin presentar sus rostros, impulsaban el brazo y puño de la Fuerza Pública del que se servían, para golpear y someter a sus adversarios. Y finalmente, aquel largo período marcado con episodios de inestabilidad política, culmina y se extingue con el golpe militar de octubre de 1968, el único que realmente fue gestado e incubado desde las entrañas mismas de la institución castrense, entonces Guardia Nacional.
La excesiva concentración de fuerza y poder en los hombros de aquellos comandantes de antaño por disposiciones constitucionales, fomentaba una competencia espontánea por el poder en la República, naturalmente con marcadas ventajas contra los presidentes constitucionales de turno. Este desequilibrio del poder institucionalizado, se inició con el nacimiento de Panamá, mucho antes que cuando los compatriotas que llegaron a ser después comandantes, José A. Remón, Bolívar Vallarino y Omar Torrijos, por mencionar sólo a los más antiguos, eran entonces mozalbetes de pantalones cortos y otros no habíamos nacido.
Al transcurrir el tiempo, ya en la década del ‘90, los dos primeros gobiernos democráticos que surgieron pos la invasión de las tropas norteamericanas, encabezados por los ex presidentes Endara y Pérez Balladares, introducen saludables enmiendas a la Constitución Nacional, entre ellas, los artículos 300 y 305. El primero, que introduce la "carrera policial", al abolirse en las mismas reformas la "carrera militar"; y el 305 que propicia alivio y desconcentración de la excesiva fuerza en los jefes de la Fuerza Pública, como ya era tradición, al ordenar el mismo que la institución castrense quedaría integrada en lo sucesivo por ramas de servicios policivos con "mandos y escalafones separados", y todos éstos a órdenes del Jefe del Órgano Ejecutivo, quien los empleará dentro del marco constitucional. Es decir, este mandato perseguía y garantizaba el equilibrio, balance, peso y contra peso en la Fuerza Pública, ¡precisamente donde más se requiere, porque allí están las armas!; y se asienta nuestro sistema democrático, como base, soporte y anclaje seguro e inamovible del sistema político nacional.
Sin embargo, los mismos ex presidentes que propiciaron estos novedosos y convenientes artículos, quizás influenciados por el presidencialismo y tendencia hacia los controles absolutos del poder, fueron los primeros en desconocerlos, mediatizando su implementación a sus conveniencias.
En la Ley No. 18 del 3 de junio de 1997, que reglamenta la creación de la Policía Nacional, los legisladores violaron el Artículo 300 que reconoce la Carrera Policial, al trascender por las actuaciones de los gobernantes y ratificado en un fallo político y no legal de la Corte Suprema, que los panameños que abrazan esta carrera profesional, son los únicos que no pueden aspirar por antigüedad, profesionalismo y méritos, alcanzar a ser los jefes de la institución, como sí ocurre con todas las demás carreras públicas. Esta realidad discriminante, ha dado cabida a la figura del Director, conocido más bien como "Interventor" o Jefe civil, representado por un político de los partidos gobernantes.
Esta práctica, además de sacrificar la eficiencia de los servicios policivos, provocar desgano, fuga de talentos, improductividad y baja moral de los oficiales discriminados, presenta el peligro de mantener el componente más importante de la Fuerza Pública y "pasador de seguridad de todo el sistema", bajo el control absoluto de un partido político al margen de la institucionalidad del país como debería ser.
Por otra parte, aunque el Artículo 305 indica en sus párrafos 2 y 3, la necesidad de crear una ley para organizar la rama con mando y escalafón separado que velará por la seguridad de nuestras fronteras y espacios jurisdiccionales de la República de forma temporal (en la frontera colombiana esta temporalidad es permanente), el ex presidente Pérez Balladares acomodó el artículo y organizó esta rama a sus conveniencias políticas, como una sección importante en el organigrama de la Policía Nacional, manteniendo la supremacía y el desbalance del poder de las armas a su favor, bajo el control directo de su jefe de confianza, el director de la Policía Nacional. Esta violación constitucional en la práctica se ha profundizado e"institucionalizado", esta vez con la aprobación y amparo tácito de la señora presidenta Moscoso.
Continuará mañana en segunda y última entrega.