Asamblea Constituyente
Desde hace varios meses, específicamente para el referéndum del mes de agosto de 1999, distintos ciudadanos se han preocupado por la necesidad de reformar las normas de nuestra Constitución Política o mejor dicho, la creación de una Asamblea Constituyente donde se establezcan los requerimientos del país para un mejor desarrollo.
Panamá necesita de una nueva Carta Magna que consolide la democracia, que contemple, entre muchas cosas, un sistema verdaderamente democrático de escogencia de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia para que exista una verdadera independencia judicial, así como la designación del Procurador General de la Nación, tal como lo he manifestado en artículos anteriores.
Se necesita la creación de un Tribunal Constitucional en el que se ventile la declaratoria de inconstitucionalidad de las normas jurídicas y a conocer en casación las sentencias denegatorias de las acciones de garantía, es decir las Acciones de Habeas Corpus y las Acciones de Amparo de Garantías, así como una nueva figura jurídica llamada el Habeas Data ("tiene sus datos"), que es una garantía que pretende defender a la privacidad individual frente a la revolución informática, donde muchas empresas suministran información confidencial o privada a otras con la finalidad de obtener un propósito determinado. Pero no se necesita una Sala Quinta de la Corte Suprema de Justicia, donde parece ser que se pretende el nombramiento de tres nuevos magistrados que sigan los intereses del actual gobierno, así como aprobarlo a espaldas del pueblo, ya que ni tan siquiera los distintos gremios de abogados conocen el actual proyecto presentado por la Ministra de Gobierno y Justicia, Señora Mariela Sagel.
La nueva Constitución Política debe contemplar la creación de la acción de incumplimiento, y el conocimiento de los conflictos de competencia o de atribuciones asignadas por la Constitución.
También se requiere de una Asamblea Constituyente que eleve a rango constitucional la entidad pública de más credibilidad en el país en estos momentos, la Defensoría del Pueblo, para que tenga una verdadera autonomía funcional, administrativa y financiera, que no tenga problemas de presupuesto, y que vele por la protección de los derechos fundamentales de los ciudadanos, es decir, los derechos humanos.
Otra necesidad es la designación de un Fiscal Electoral independiente, que no sea Ministro de Estado nombrado por el Ejecutivo en un momento dado, y que al día siguiente renuncia de un partido, donde se convierte por arte de magia, en un funcionario independiente.
Son muchos los cambios que se necesitan realizar mediante el consenso de todos los ciudadanos de nuestra nación, para tener una Constitución que sea cónsona con los cambios del nuevo siglo XXI, en especial con el bien más preciado de los panameños: el Canal de Panamá.
Consideramos que la actual Asamblea Legislativa debe reformar el artículo 308 de la Constitución Política de la República de Panamá, con el objeto de que la presidenta electa de la República de Panamá, señora Miyera Moscoso, convoque después del 1¼ de septiembre del presente año, a una Asamblea Constituyente para que tengamos un nuevo orden jurídico que permita el funcionamiento efectivo de una democracia social y participativa.
Panamá necesita de una nueva Carta Magna que consolide la democracia, que contemple, entre muchas cosas, un sistema verdaderamente democrático de escogencia de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia para que exista una verdadera independencia judicial, así como la designación del Procurador General de la Nación, tal como lo he manifestado en artículos anteriores.
Se necesita la creación de un Tribunal Constitucional en el que se ventile la declaratoria de inconstitucionalidad de las normas jurídicas y a conocer en casación las sentencias denegatorias de las acciones de garantía, es decir las Acciones de Habeas Corpus y las Acciones de Amparo de Garantías, así como una nueva figura jurídica llamada el Habeas Data ("tiene sus datos"), que es una garantía que pretende defender a la privacidad individual frente a la revolución informática, donde muchas empresas suministran información confidencial o privada a otras con la finalidad de obtener un propósito determinado. Pero no se necesita una Sala Quinta de la Corte Suprema de Justicia, donde parece ser que se pretende el nombramiento de tres nuevos magistrados que sigan los intereses del actual gobierno, así como aprobarlo a espaldas del pueblo, ya que ni tan siquiera los distintos gremios de abogados conocen el actual proyecto presentado por la Ministra de Gobierno y Justicia, Señora Mariela Sagel.
La nueva Constitución Política debe contemplar la creación de la acción de incumplimiento, y el conocimiento de los conflictos de competencia o de atribuciones asignadas por la Constitución.
También se requiere de una Asamblea Constituyente que eleve a rango constitucional la entidad pública de más credibilidad en el país en estos momentos, la Defensoría del Pueblo, para que tenga una verdadera autonomía funcional, administrativa y financiera, que no tenga problemas de presupuesto, y que vele por la protección de los derechos fundamentales de los ciudadanos, es decir, los derechos humanos.
Otra necesidad es la designación de un Fiscal Electoral independiente, que no sea Ministro de Estado nombrado por el Ejecutivo en un momento dado, y que al día siguiente renuncia de un partido, donde se convierte por arte de magia, en un funcionario independiente.
Son muchos los cambios que se necesitan realizar mediante el consenso de todos los ciudadanos de nuestra nación, para tener una Constitución que sea cónsona con los cambios del nuevo siglo XXI, en especial con el bien más preciado de los panameños: el Canal de Panamá.
Consideramos que la actual Asamblea Legislativa debe reformar el artículo 308 de la Constitución Política de la República de Panamá, con el objeto de que la presidenta electa de la República de Panamá, señora Miyera Moscoso, convoque después del 1¼ de septiembre del presente año, a una Asamblea Constituyente para que tengamos un nuevo orden jurídico que permita el funcionamiento efectivo de una democracia social y participativa.