Buzón
Lic. Octavio Amat
Director de El Panamá América
De mi mayor consideración:
Tengo el agrado de dirigirme a usted con relación al artículo aparecido el pasado 10 de marzo del año en curso, en la página A-6 de este prestigioso diario, titulado "Argentinos piden ayuda para regresar a su país", referido a la situación de los ciudadanos argentinos Guillermo Fritsch y Graciela Luna de Fritsch. Al respecto, le informo que los requisitos para repatriar a nacionales argentinos son muy similares. El interesado debe hacer el pedido por escrito y firmarlo. Asimismo, deberá indicar el nombre de sus familiares más directos, ya que previo a que el Estado se haga cargo del costo que esto implica, sus familiares deben confirmar que carecen de medios económicos para ayudar al interesado. Este procedimiento es habitual y de muy rápida ejecución.
En su presentación ante la Sección Consular de la Embajada de Argentina, el matrimonio Fritsch se negó a cumplimentar estos dos aspectos, por lo que no pudo beneficiarse del Fondo de Ayuda de ciudadanos argentinos en el exterior. Este caso es el primero en que alguien se niega a satisfacer los requisitos mencionados.
Con mis más alta y distinguida consideración,
Ernesto Pfirter
Embajador de la República de Argentina en Panamá.
Director de El Panamá América
De mi mayor consideración:
Tengo el agrado de dirigirme a usted con relación al artículo aparecido el pasado 10 de marzo del año en curso, en la página A-6 de este prestigioso diario, titulado "Argentinos piden ayuda para regresar a su país", referido a la situación de los ciudadanos argentinos Guillermo Fritsch y Graciela Luna de Fritsch. Al respecto, le informo que los requisitos para repatriar a nacionales argentinos son muy similares. El interesado debe hacer el pedido por escrito y firmarlo. Asimismo, deberá indicar el nombre de sus familiares más directos, ya que previo a que el Estado se haga cargo del costo que esto implica, sus familiares deben confirmar que carecen de medios económicos para ayudar al interesado. Este procedimiento es habitual y de muy rápida ejecución.
En su presentación ante la Sección Consular de la Embajada de Argentina, el matrimonio Fritsch se negó a cumplimentar estos dos aspectos, por lo que no pudo beneficiarse del Fondo de Ayuda de ciudadanos argentinos en el exterior. Este caso es el primero en que alguien se niega a satisfacer los requisitos mencionados.
Con mis más alta y distinguida consideración,
Ernesto Pfirter
Embajador de la República de Argentina en Panamá.